JurisprudenciaARG
Corte Suprema

TRANSPORTES UNIDOS DEL SUD S.R.L c/ CORDOBA, PROVINCIA DE s/ACCION DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD ( INGRESOS BRUTOS)

La actora Transportes Unidos del Sud S.R.L. promovió acción declarativa de inconstitucionalidad originaria contra la Provincia de Córdoba. La Corte Suprema hizo lugar a la caducidad de instancia opuesta por la provincia, por haber transcurrido más de seis meses sin impulso procesal útil de la actora, y la impuso con costas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
T. 41. XLIII. ORI
Caducidad de instancia Accion declarativa de inconstitucionalidad Instancia originaria Principio dispositivo Carga procesal de impulso Tasa de justicia Art. 310 cpccn Provincia de cordoba Perencion.

¿Quién es el actor?

Transportes Unidos del Sud S.R.L.

¿A quién se demanda?

Provincia de Córdoba

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción declarativa de inconstitucionalidad.

¿Qué se resolvió?

hacer lugar a la caducidad de instancia planteada por la Provincia de Córdoba a fs. 89, con costas a la actora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La parte que promueve un juicio asume la carga procesal de urgir su desenvolvimiento y decisión en virtud del conocido principio dispositivo, sin perjuicio de las facultades conferidas al órgano judicial, y únicamente queda relevada cuando sólo al tribunal le concierne dictar una decisión (Fallos: 317:369...)."

"...carece de relevancia el argumento esgrimido por la actora en cuanto a que se encontraba pendiente la intimación del pago de la tasa de justicia faltante... toda vez que tal diligencia no invalida la obligación, propia de la parte interesada de adoptar las medidas necesarias tendientes a impulsar el procedimiento para evitar las consecuencias de su inactividad..."

"...la prosecución de la causa no estaba condicionada al cumplimiento de la exigencia impuesta por la providencia de fs. 81, por lo que mal puede considerarse que la actora estuviese liberada de la carga procesal referida."

"...desde la providencia de fs. 81 (de fecha 19 de junio de 2007) al 11 de febrero de 2008 (oportunidad en que se acusa la caducidad) ha transcurrido el plazo previsto por el art. 310, inc. 1°, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación."

Normas que cita

  • CPCCNarts. 68, 69, 310 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Constitución Nacional

Fallos que cita

  • Fallo "Aice S.A. de Ahorro para Fines Determinados c/ San Luis, Provincia de s/ inconstitucionalidad"CSJN · 19/08/1993 · Fallos 317:369
  • "El Inca de Hughes S.C.A. c/ Buenos Aires, Provincia de s/ daños y perjuicios"CSJN · 19/11/1996
  • "Sindicato Argentino de Televisión S.A.T. c/ Misiones, Provincia de s/ ejecución fiscal"CSJN · 02/06/2003
  • Fallos 307:2070CSJN
  • Fallos 320:2763CSJN
  • Fallos 327:4842CSJN

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