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Corte Suprema

CARUSO NICOLA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios de la ANSeS y del Ministerio Público y revocó las sentencias apeladas en el reajuste previsional de Nicola Caruso. El tribunal remitió a los fundamentos del precedente Arena, Alfredo, que resolvió la inconstitucionalidad del art. 21 de la ley de Solidaridad Previsional.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 971. XXXVII. ROR
Reajuste previsional Movilidad jubilatoria Ley de solidaridad previsional Art. 21 ley 24.463 Inconstitucionalidad Recurso ordinario Anses Ministerio publico Costas por su orden Precedente arena

¿Quién es el actor?

Nicola Caruso (y otro, según carátula de la causa conexa B.884.XXXVII, Balladares de Salmón, Elisa Domitilia).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios deducidos por la ANSeS y por el Ministerio Público, y revocó las sentencias apeladas con el alcance que surge de los considerandos del fallo "Arena, Alfredo". Las costas se impusieron por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el tribunal consideró que los agravios vinculados con la declaración de inconstitucionalidad del art. 21 de la ley de Solidaridad Previsional ya habían sido resueltos por esta Corte en la causa A.20.XXXVI "Arena, Alfredo c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad", fallada el 9 de agosto de 2001, a la que remitió por razón de brevedad. Expresamente sostuvo: "Que los agravios vinculados con la declaración de inconstitucionalidad del art. 21 de la ley de Solidaridad Previsional han sido resueltos por esta Corte en la causa A.20.XXXVI. 'Arena, Alfredo c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 9 de agosto de 2001, a la que cabe remitirse por razón de brevedad."

No se identifican votos en disidencia; la sentencia se dicta por unanimidad de los cinco ministros firmantes.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Arena, Alfredo c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 09/08/2001
  • Balladares de Salmón, Elisa Domitilia c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN

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