JurisprudenciaARG
Corte Suprema

CHAUD ELIAS c/ CAJA NACIONAL DE PREVISION DE LA INDUSTRIA COMERCIO Y ACTIVIDADES CIVILES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

Elías Chaud reclamó el reajuste de su haber previsional frente a la Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles, que lo había rechazado por haber aceptado bonos de consolidación. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios, revocó parcialmente la sentencia y, por mayoría, ordenó aplicar la movilidad desde el 1° de abril de 1991 según el precedente Chocobar.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 329. XXXIII. REX
Movilidad previsional Reajuste de haberes Bonos de consolidacion Opcion de pago Leyes 23.982 y 24.130 Retroactividad Recurso extraordinario Precedente chocobar Topes maximos Ley 24.241.

¿Quién es el actor?

Elías Chaud.

¿A quién se demanda?

INPS-Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes por movilidad previsional.

¿Qué se resolvió?

se revocó parcialmente la sentencia apelada y, por mayoría, se ordenó que la movilidad desde el 1° de abril de 1991 hasta la vigencia de la ley 24.241 se aplique según el alcance fijado en "Chocobar". Los jueces Fayt y Belluscio remiten a sus disidencias en esa causa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"la decisión del a quo de limitar el pago de retroactividades a partir del 1° de septiembre de 1992, además de resultar dogmática en la medida en que no se sustenta en fundamento alguno ni responde a los planteos efectuados por el recurrente, no encuentra base en la normativa aplicable al caso por cuanto implícitamente reconoce un efecto cancelatorio a la opción de pago ejercida, consecuencia que no surge en forma expresa de ninguna ley, por lo que corresponde el acogimiento del recurso en este aspecto."

"las cuestiones planteadas por aquélla resultan sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en la causa 'Chocobar' (Fallos: 319:3241) ... a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitirse por razón de brevedad."

"respecto del sistema de topes máximos, cabe remitirse a lo resuelto por el Tribunal, mayoría y votos concurrentes, en las causas 'Del Azar Suaya' (Fallos: 320:2039) y B.386.XXVII 'Beitía...'"

Normas que cita

Fallos que cita

  • ChocobarCSJN · Fallos 319:3241
  • Del Azar SuayaCSJN · Fallos 320:2039
  • Beitía, Paulina Araceli c/ Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades CivilesCSJN · 31/10/1997

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.