INGRATTA DANIEL Y OTRO s/CAUSA N° 7239
La Corte Suprema hizo lugar a la queja por mayoría, declaró procedente el recurso extraordinario deducido por la defensa de Daniel Ingratta y Rodolfo Zamudio y revocó la sentencia de la Cámara Nacional de Casación Penal, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento. La ministra Argibay votó en disidencia por desestimar la queja por inadmisible.
¿Quién es el actor?
No aplica (causa penal).
¿A quién se demanda?
No aplica (causa penal).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de hecho deducido por la defensa de Daniel Ingratta y Rodolfo Zamudio contra la denegación del recurso extraordinario federal interpuesto contra la sentencia de la Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal, en la causa N° 7239.
¿Qué se resolvió?
La mayoría de la Corte hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario, revocó la sentencia apelada y remitió los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La mayoría expresó: "Que esta Corte comparte y hace suyos los términos y conclusiones del dictamen del señor Procurador Fiscal a los que corresponde remitirse en razón de brevedad." El fundamento concreto surge del dictamen del Procurador Fiscal, al que la mayoría remite, y no se transcribe en el fallo.
¿Cómo votaron los jueces?
La ministra Argibay sostuvo: "Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Por ello, se desestima la queja." Propuso además intimar a los recurrentes al depósito del art. 286 del CPCCN bajo apercibimiento de ejecución. Esta posición quedó en minoría.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- CPCCNarts. 280, 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.