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Corte Suprema

ELMA S.A. c/ PRATTI VAZQUEZ IGLESIAS S.A. s/COBRO DE PESOS

La Corte Suprema declaró admisible el recurso extraordinario y confirmó la sentencia apelada en el juicio de cobro de pesos seguido por Elma S.A. contra Pratti Vázquez Iglesias S.A., con costas. Los ministros Fayt y Vázquez votaron en disidencia para dejar sin efecto el fallo y ordenar un nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
E. 152. XXXVII. REX
Cobro de pesos Recurso extraordinario Confirmacion de sentencia Dictamen del procurador fiscal Costas Fallos 320:186 Analogia Nuevo pronunciamiento Elma s.a. Pratti vazquez iglesias s.a.

¿Quién es el actor?

Elma S.A.

¿A quién se demanda?

Pratti Vázquez Iglesias S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de pesos.

¿Qué se resolvió?

la mayoría de la Corte compartió y adoptó los argumentos del dictamen del Procurador Fiscal (fs. 941/942 vta.), declaró admisible el recurso extraordinario y confirmó la sentencia apelada, con costas según el art. 68 del CPCCN.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la sentencia no contiene fundamentación propia de la mayoría; remite en brevedad al dictamen del Procurador Fiscal, cuyos argumentos fueron hechos propios por el tribunal.

¿Cómo votaron los jueces?

"la cuestión planteada guarda sustancial analogía con la tratada por esta Corte en Fallos: 320:186, disidencia de los jueces Nazareno, Fayt y Vázquez, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad". Por ello, los disidentes propusieron dejar sin efecto el fallo apelado y devolver los autos al tribunal de origen para un nuevo pronunciamiento con arreglo a ese precedente.

Normas que cita

  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

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