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Corte Suprema

QUINTEROS EVA Y ROMANO GASTON c/ ESTADO NACIONAL s/AMPARO

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por el Banco Río de la Plata y dejó sin efecto la sentencia apelada. Reconoció a los actores el derecho a obtener el reintegro de sus depósitos en dólares convertidos a pesos a $1,40 por dólar, ajustados por CER más intereses del 4% anual, remitiendo a los fundamentos de los precedentes Massa y Piriz.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Q. 170. XXXVIII. REX
Pesificacion Depositos bancarios en dolares Decreto 1570/01 Amparo Reintegro de deposito Cer Intereses Corralito Recurso extraordinario Banco rio de la plata.

¿Quién es el actor?

Eva Quinteros y Gastón Romano.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional y, en el recurso, el Banco Río de la Plata S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reintegro de depósitos bancarios en dólares estadounidenses convertidos a pesos por la pesificación dispuesta por el Decreto 1570/01 y normas complementarias, en el marco de un amparo (ley 16.986).

¿Qué se resolvió?

procedencia del recurso extraordinario y dejar sin efecto la sentencia apelada; reconocimiento del derecho de los actores a obtener el reintegro del depósito a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses al 4% anual no capitalizable, con deducción de los pagos a cuenta efectuados durante el pleito y de las sumas entregadas por cautelares. Costas de esta instancia en el orden causado; costas de las instancias anteriores mantenidas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en la presente causa son sustancialmente análogas a las consideradas en los autos M.2771.XLI 'Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo Nacional dtos. 1570/01 y otro s/ amparo ley 16.986', sentencia del 27 de diciembre de 2006 (Fallos: 329:5913), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad." Asimismo, el juez Fayt se remite a las consideraciones expuestas en "Piriz, María Marcela c/ P.E.N. - ley 25.561 dtos. 1570/01, 214/02 s/ amparo ley 16.986" (Fallos: 330:331). El reconocimiento del derecho tiene como límite lo resuelto por la cámara y excluye los supuestos en que la obligación se extinguió por canje por bonos del Estado o por aplicación del importe a fines específicos (cancelación de deudas, adquisición de inmuebles o automóviles).

Normas que cita

Fallos que cita

  • Massa, Juan Agustín c/ PEN dtos. 1570/01 y otro s/ amparoCSJN · 27/12/2006 · Fallos 329:5913
  • Piriz, María Marcela c/ P.E.N. - ley 25.561 s/ amparoCSJN · 06/03/2007 · Fallos 330:331
  • Kujarchuk, Pablo Felipe c/ P.E.N. - ley 25.561 s/ amparoCSJN · 28/08/2007

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