GOMEZ ANTONIO BENITO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor reclamó el reajuste de su haber previsional de jubilado, cuestionando el cálculo del haber inicial por servicios dependientes y autónomos y las pautas de movilidad posteriores al 1° de abril de 1991. La Corte Suprema declaró procedente el recurso ordinario y confirmó la sentencia apelada, por considerar tardíos unos agravios y meras discrepancias con su doctrina previa. Nota de coherencia: el recurso fue un recurso ordinario de apelación ante la Corte, no un recurso extraordinario. Como el tipo de recurso se pidió en una lista cerrada, se consigna RECURSO EXTRAORDINARIO por ser la categoría más próxima al recurso federal de apelación ante la Corte; la denominación exacta del recurso en el texto es recurso ordinario.
¿Quién es el actor?
Antonio Benito Gómez.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios del haber jubilatorio (nuevo cálculo del haber inicial por servicios dependientes y autónomos, y pautas de movilidad).
¿Qué se resolvió?
declarar procedente el recurso ordinario deducido y confirmar la sentencia apelada, con costas por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Considerando 2°: "resultan tardíos los agravios que el apelante dirige contra el método de cálculo de la porción del haber que corresponde a sus tareas autónomas, ya que la cuestión fue resuelta por el juez de primera instancia y no fue objetada por el interesado ante la cámara, por lo que deben ser desestimados."
Considerando 3°: "tampoco resultan procedentes las restantes consideraciones que el recurrente formula en relación con la movilidad posterior al 1° de abril de 1991, pues sólo son meras discrepancias con la doctrina fijada por esta Corte en los precedentes publicados en Fallos: 319:3241 ('Chocobar'), 322:2226 ('Heit Rupp') y 323:555 ('González'), sin que se adviertan razones que lleven a modificar dicho criterio."
Antecedente: la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social había revocado parcialmente la sentencia de primera instancia en lo relativo al nuevo cálculo del haber inicial por servicios dependientes, y la había confirmado en cuanto a las pautas de movilidad.
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Normas que cita
- Ley 24.463art. 19 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
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