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Corte Suprema

VILLANUEVA NORBERTO RICARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema declaró procedente el recurso ordinario de la ANSeS y confirmó la sentencia de reajuste previsional, con el alcance fijado en el precedente Perletto, por remisión a los fundamentos de ese caso. Desestimó los agravios sobre la prescripción liberatoria y los restantes planteos por analogía con Giusio y Torres Brizuela.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
V. 518. XXXVI. ROR
Reajuste previsional Sentencia de reajuste Plazo de cumplimiento Prescripcion liberatoria Ley 24.463 Art. 82 ley 18.037 Anses Recurso ordinario Movilidad jubilatoria Costas por su orden

¿Quién es el actor?

Norberto Ricardo Villanueva.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional, en particular el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional.

¿Qué se resolvió?

el Tribunal declaró procedente el recurso ordinario deducido y confirmó la sentencia apelada con el alcance fijado en los considerandos del fallo "Perletto, Ricardo Alberto". Las costas se impusieron por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 1°: "Que las cuestiones que se suscitan en la presente causa, vinculadas con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resultan sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por este Tribunal en la causa P.822.XXXVI. 'Perletto, Ricardo Alberto c/ ANSeS s/ reajustes varios', fallada con fecha 5 de febrero de 2002, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."

Considerando 2°: "Que los planteos de la demandada respecto de las modificaciones introducidas por la ley 24.463 sobre el cómputo de la prescripción liberatoria -art. 82, ley 18.037- han recibido adecuada respuesta en el precedente de esta Corte G.829.XXXV. 'Giusio, Mauricio c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad' (considerando 4°), fallado con fecha 4 de septiembre de 2001, por lo que deben ser desestimados. El juez Boggiano se remite a su disidencia en el citado precedente."

Considerando 3°: "Que los restantes agravios de la ANSeS guardan sustancial analogía con los examinados y resueltos por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ('Torres Brizuela'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad."

Normas que cita

  • Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
  • Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • Perletto, Ricardo Alberto c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 05/02/2002
  • Giusio, Mauricio c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 04/09/2001
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

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