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Corte Suprema

BALTAR IRMA c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL Y OTRO s/AMPARO

La Corte Suprema hizo lugar a las quejas y dejó sin efecto las sentencias apeladas en el marco del corralito bancario. Reconoció a los depositantes el derecho a recuperar sus depósitos en dólares convertidos a pesos a $1,40 por dólar, ajustados por CER más intereses del 4% anual, descontando los pagos ya percibidos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 1823. XLII. RHE
Corralito bancario Depositos en dolares Pesificacion Ley 25.561 Cer Intereses Reintegro de depositos Pagos a cuenta Derecho de propiedad Recurso extraordinario

¿Quién es el actor?

Irma Baltar y otros depositantes (causas acumuladas: Baltar, Galeano Rotela, Lazzaro Romania, Mattarollo, Nachtigall).

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional; la entidad bancaria depositaria resulta obligada al reintegro.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reintegro de depósitos bancarios en dólares, convertidos a pesos por la Ley 25.561 y decretos reglamentarios (1570/01, 214/02), en el marco del denominado "corralito".

¿Qué se resolvió?

se declaran procedentes los recursos extraordinarios y se dejan sin efecto las sentencias apeladas. Se reconoce el derecho de los actores a obtener de la entidad el reintegro del depósito convertido a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses al 4% anual no capitalizable, computando como pagos a cuenta lo abonado durante el pleito y lo entregado por medidas cautelares. Ese reconocimiento tiene el límite pecuniario fijado por la cámara y excluye los supuestos de extinción de la obligación por canje a bonos o por aplicación de los fondos a fines específicos (cancelación de deudas financieras, adquisición de inmuebles o automotores). Costas de esta instancia en el orden causado; las anteriores se mantienen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la sentencia remite en razón de brevedad a los fundamentos y conclusiones de la causa "Massa" (Fallos: 329:5913, 27/12/2006), y al precedente "Kujarchuk" (K.90.XLIII, 28/08/2007) para el modo de computar los pagos a cuenta. Por la excepcionalidad de la situación suscitada en este tipo de causas, las costas de las instancias anteriores se mantienen y las actuaciones se devuelven a primera instancia para la notificación de la sentencia. El texto íntegro del precedente de remisión puede consultarse en www.csjn.gov.ar.

Normas que cita

Fallos que cita

  • MassaCSJN · 27/12/2006 · Fallos 329:5913
  • Kujarchuk, Pablo Felipe c/ PENCSJN · 28/08/2007

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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