JurisprudenciaARG
Corte Suprema

LAGORIA DE DENARI LEONOR c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL Y OTRO s/AMPARO

La Corte Suprema dejó sin efecto las sentencias apeladas en el caso de un depósito bancario reconvertido a pesos por la pesificación. Declaró el derecho de los actores a recibir el reintegro del depósito a $1,40 por dólar, ajustado por CER más intereses del 4% anual, remitiendo a los fundamentos del precedente Massa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 1605. XLI. RHE
Pesificacion Depositos bancarios en dolares Ley 25.561 Emergencia economica Cer Reintegro de depositos Intereses 4% anual Recurso extraordinario Precedente massa Intangibilidad de depositos.

¿Quién es el actor?

Leonor Lagoria de Denari y otros depositantes (causas acumuladas, incluyendo Gloria Edith Guidi y Diego Hernán Torres).

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional y la entidad bancaria depositaria.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reintegro de depósitos en dólares convertidos a pesos por aplicación de la normativa de emergencia económica (Ley 25.561 y decretos 1570/01 y 214/02).

¿Qué se resolvió?

se hacen lugar a las quejas, se declaran procedentes los recursos extraordinarios y se dejan sin efecto las sentencias apeladas. Se reconoce el derecho de los actores al reintegro del depósito a $1,40 por dólar, ajustado por CER, más intereses del 4% anual no capitalizable, con imputación de pagos a cuenta. Se excluyen los supuestos de extinción de la obligación por canje por bonos o aplicación a fines específicos. Costas de esta instancia en el orden causado; las anteriores se mantienen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el tribunal remite a los fundamentos de la causa "Massa" (Fallos: 329:5913, sentencia del 27 de diciembre de 2006) por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas, y el juez Fayt a sus consideraciones en "Piriz" (Fallos: 330:331). Se aplica el modo de cómputo de pagos a cuenta indicado en "Kujarchuk" (K.90.XLIII, 28/08/2007). Se trata de un caso excepcional, por lo que las costas de las instancias previas se mantienen y las actuaciones se devuelven a primera instancia para notificación.

Normas que cita

Fallos que cita

  • MassaCSJN · 27/12/2006 · Fallos 329:5913
  • PirizCSJN · 06/03/2007 · Fallos 330:331
  • Kujarchuk, Pablo Felipe c/PENCSJN · 28/08/2007

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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