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Corte Suprema

MONTIGLIA EDUARDO Y OTRA c/ EMILIO CAÑETE E INTEMEC S.A. Y OTROS Y OTRO s/ORDINARIO

La Corte Suprema admitió formalmente el recurso extraordinario interpuesto por la aseguradora y dejó sin efecto la decisión apelada, ordenando dictar un nuevo fallo. El ministro Boggiano votó en disidencia por desestimar la queja por inadmisible.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 160. XXXVII. RHE
Recurso extraordinario Recurso de hecho Queja Seguros Responsabilidad civil Admisibilidad Art. 280 cpccn Dictamen del procurador fiscal Nuevo fallo Costas

¿Quién es el actor?

Eduardo Montiglia y otra.

¿A quién se demanda?

Emilio Cañete, Intemec S.A. y otros; la recurrente es La Buenos Aires Compañía Argentina de Seguros S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

no surge del texto de la resolución.

¿Qué se resolvió?

la mayoría declaró formalmente admisible el recurso extraordinario, dejó sin efecto la decisión apelada, con costas, y devolvió los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo fallo. La disidencia del Dr. Boggiano propuso desestimar la queja por inadmisibilidad del recurso extraordinario (art. 280 CPCCN), declarando perdido el depósito.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios de la apelante han sido objeto de adecuado tratamiento en el dictamen del señor Procurador Fiscal, cuyos fundamentos esta Corte comparte y a los cuales se remite brevitatis causa." Disidencia: "Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Normas que cita

  • CPCCNarts. 68, 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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