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Corte Suprema

SCIRICA VALERIA LEONOR c/ M° J Y DDHH-ART 3 LEY 24043-RESOL 979/06 s/

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario del Estado Nacional en un reclamo bajo el artículo 3 de la ley 24.043 contra la resolución 979/06 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Revocó la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal y ordenó dictar un nuevo fallo, remitiendo por análogo a la causa Portugheis.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 557. XLIII. REX
Articulo 3 ley 24.043 Ley 24.043 Resolucion 979/06 Recurso extraordinario Remision a precedente Portugheis Personas privadas de libertad Ministerio de justicia y derechos humanos Revocacion Estado nacional.

¿Quién es el actor?

Valeria Leonor Scirica.

¿A quién se demanda?

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Estado Nacional).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo fundado en el artículo 3 de la ley 24.043 (beneficio para personas privadas de libertad), cuestionado mediante la resolución 979/06.

¿Qué se resolvió?

se declara procedente el recurso extraordinario y se revoca la sentencia impugnada; los autos vuelven al tribunal de origen para que dicte un nuevo fallo conforme a lo resuelto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la cuestión planteada es sustancialmente análoga a la resuelta en la causa P.413.XLIII 'Portugheis, Elsa Rosa c/ Ministerio de Justicia y DDHH Cart. 3° ley 24.043 C resol. 1198/06' del 30 de septiembre de 2008, a cuyas consideraciones corresponde remitir en lo pertinente en razón de brevedad." La Corte remite en bloque a los fundamentos de Portugheis, de modo que la ratio decidendi se encuentra en ese precedente. El dictamen de la Procuradora Fiscal fue acogido.

Normas que cita

  • Ley 24.043art. 3 · Indemnizaciones
  • Resolución 979/06
  • Resolución 1198/06

Fallos que cita

  • Portugheis, Elsa Rosa c/ Ministerio de Justicia y DDHHCSJN · 30/09/2008

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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