JurisprudenciaARG
Corte Suprema

MONTENEGRO FRANCISCO ABSALON Y OTRA c/ ABAD DE CARFI MARIA CRISTINA Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Los herederos de un actor cuestionaron, mediante recurso extraordinario, la resolución que rechazó su reclamo contra la demandada. La Corte Suprema declaró admisible el recurso, dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó dictar un nuevo fallo conforme a lo resuelto.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 1446. XXXVI. RHE
Recurso extraordinario Recurso de hecho Remision al dictamen del procurador fiscal Nuevo fallo Admisibilidad formal Dejar sin efecto Costas Corte suprema Sucesion montenegro Abad de carfi

¿Quién es el actor?

Romelia Rosa Juárez de Montenegro, Francisco Absalon Montenegro y Cristian Romeo Montenegro (recurrentes).

¿A quién se demanda?

María Cristina Abad de Carfi.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

no surge del texto pegado.

¿Qué se resolvió?

se declara formalmente admisible el recurso extraordinario "con el alcance indicado", se deja sin efecto la resolución apelada, con costas, y se devuelven los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo fallo "con arreglo a lo expresado".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios de los apelantes han sido objeto de adecuado tratamiento en el dictamen del señor Procurador Fiscal, a cuyos fundamentos esta Corte se remite brevitatis causa." La Corte no desarrolla fundamentos propios: remite al dictamen del Procurador Fiscal, que no está incluido en el texto analizado.

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