JurisprudenciaARG
Corte Suprema

MINA ANA Y OTROS c/ P.E.N. - B.C.R.A. - BCO.DE LA PCIA.DE CORDOBA s/AMPARO

Los ahorristas que tenían depósitos en dólares en el Banco de la Provincia de Córdoba reclamaron por el corralito y la pesificación dispuestos por la Ley 25.561 y sus decretos reglamentarios. La Corte Suprema, por remisión al precedente Massa, declaró procedentes los recursos extraordinarios, dejó sin efecto las sentencias apeladas y reconoció el derecho de los actores a recuperar sus depósitos convertidos a $1,40 por dólar, ajustados por CER más intereses del 4% anual.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 813. XLI. REX
Corralito Pesificacion Ley 25.561 Depositos en dolares Amparo Reintegro de depositos Cer Intereses 4% anual Banco de la provincia de cordoba Precedente massa

¿Quién es el actor?

Ana Mina y otros (conjunto de amparistas, ahorristas del Banco de la Provincia de Córdoba y otras entidades; la causa agrupa numerosas actuaciones de idéntico objeto).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Poder Ejecutivo Nacional), Banco Central de la República Argentina y Banco de la Provincia de Córdoba.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reintegro de depósitos bancarios en dólares estadounidenses afectados por la conversión a pesos dispuesta por la Ley 25.561 y los decretos 1570/01 y 214/02 (pesificación y restricciones para disponer de los fondos).

¿Qué se resolvió?

se hacen procedentes los recursos extraordinarios y se dejan sin efecto las sentencias apeladas. Se reconoce el derecho de los actores a obtener el reintegro de su depósito convertido a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses del 4% anual no capitalizable, computando como pagos a cuenta lo abonado por el banco en el pleito y en cumplimiento de medidas cautelares. Exclusiones: supuestos de canje por bonos del Estado o aplicación del importe a fines específicos normativamente previstos. Costas de esta instancia en el orden causado; las de instancias anteriores se mantienen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la Corte remite en razón de brevedad a los fundamentos y conclusiones del precedente "Massa" (Fallos: 329:5913, sentencia del 27/12/2006), por considerar que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas. Asimismo, aplica los criterios fijados en "Kujarchuk" (causa K.90.XLIII, sentencia del 28/08/2007) para el modo de computar los pagos a cuenta. No se transcriben considerandos propios de fondo; el tribunal fundamenta la solución en la reiteración de la doctrina de "Massa" y en la excepcionalidad de la situación suscitada en este tipo de causas, lo que justifica devolver las actuaciones directamente a primera instancia.

Normas que cita

Fallos que cita

  • MassaCSJN · 27/12/2006 · Fallos 329:5913
  • Kujarchuk, Pablo Felipe c/ PEN Ley 25.561 dtos. 1570/01 214/02 s/ amparo ley 16.986CSJN · 28/08/2007

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