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Corte Suprema

OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA c/ CONSORCIO DE PROPIETARIOS SAN MARTIN 572/92 - QUILMES s/APORT. Y CONTRIB.EXCEP. INHABIL. DE TITULO

La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario deducido por la demandada y dejó sin efecto la sentencia apelada en el juicio promovido por la Obra Social del Personal de Edificios de Renta y Horizontal contra el Consorcio de Propietarios San Martín 572/92. La Corte remitió al dictamen del Procurador Fiscal y ordenó que el tribunal anterior dicte un nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
O. 251. XXXVI. RHE
Recurso extraordinario Recurso de hecho Queja Obra social Consorcio de propietarios Propiedad horizontal Sentencia dejada sin efecto Nuevo pronunciamiento Procurador fiscal Corte suprema

¿Quién es el actor?

Obra Social del Personal de Edificios de Renta y Horizontal de la República Argentina.

¿A quién se demanda?

Consorcio de Propietarios San Martín 572/92 (Quilmes).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

DESCONOCIDO. El texto de la sentencia no describe el reclamo ni los antecedentes del caso.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada. Los autos vuelven al tribunal anterior para que dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto. La Corte no emitió disidencias.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que esta Corte comparte los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador Fiscal, a los que corresponde remitirse en razón de brevedad." Los fundamentos concretos de la decisión están en el dictamen del Procurador Fiscal, que no integra el texto analizado.

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