OSORIO CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió reclamo contra la ANSeS por reajustes varios de su prestación previsional, cuestionando el método de movilidad previsto por el art. 7, inc. 2, de la ley 24.463. La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario y dispuso que la movilidad se practique conforme al índice fijado en el precedente Badaro, descontando los incrementos dispuestos por decretos del Poder Ejecutivo cuando estos arrojen una prestación inferior.
¿Quién es el actor?
Carlos Osorio.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios de la prestación previsional, en particular el método de movilidad previsto por el art. 7, inc. 2, de la ley 24.463.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró procedente el recurso extraordinario y ordenó que la movilidad del lapso indicado en el fallo "Badaro" se practique conforme al índice allí fijado, salvo que los incrementos dispuestos por los decretos del Poder Ejecutivo durante igual período arrojen una prestación superior, caso en el cual deberá estarse a ese resultado. Se ordenó notificar y devolver.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los agravios del actor atinentes al método de movilidad previsto por el art. 7, inc. 2, de la ley 24.463 resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por esta Corte en la causa 'Badaro' (Fallos: 329:3089 y 330:4866), a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad, sin perjuicio de que al practicar la liquidación se descuenten las sumas que pudieran haberse percibido en virtud de los decretos del Poder Ejecutivo que dispusieron incrementos en las prestaciones en el período indicado."
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Normas que cita
- Ley 24.463art. 7 inc. 2 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- BadaroCSJN · Fallos 329:3089
- BadaroCSJN · Fallos 330:4866
- Fallos 329:3089CSJN
- Fallos 330:4866CSJN
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