BORDA GONZALEZ RODOLFO s/CAUSA N° 7895
El defensor oficial de Rodolfo Borda González interpuso recurso de hecho contra la denegación de un recurso extraordinario contra la sentencia de la Sala IV de la Cámara Nacional de Casación Penal. La Corte Suprema, por mayoría, hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento.
¿Quién es el actor?
Rodolfo Borda González, representado por el Defensor Oficial Dr. Juan Carlos Sambuceti (h).
¿A quién se demanda?
Ministerio Público / Estado (causa penal).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de hecho contra la denegación del recurso extraordinario deducido contra la sentencia de la Sala IV de la Cámara Nacional de Casación Penal.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, se hizo lugar a la queja, se declaró procedente el recurso extraordinario y se dejó sin efecto la sentencia apelada, devolviendo los autos al tribunal de origen para un nuevo pronunciamiento. Los Dres. Petracchi y Argibay votaron en disidencia por desestimar la queja por inadmisible (art. 280 CPCCN).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que resulta aplicable al caso, en lo pertinente, lo resuelto el 23 de abril de 2008 en la causa A.2186.XLI. 'Acosta, Alejandro Esteban s/ infracción art. 14, 1° párrafo ley 23.737', a cuyos términos corresponde remitirse en razón de brevedad." La mayoría remite al precedente "Acosta" para resolver el caso.
¿Cómo votaron los jueces?
Los Dres. Petracchi y Argibay consideraron que "el recurso extraordinario cuya denegación motivó la presente queja es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)".
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Normas que cita
- Ley 23.737art. 14 (1° párrafo) · Modificacion al codigo penal
- Ley 17.454
Fallos que cita
- Acosta, Alejandro Esteban s/ infracción art. 14, 1° párrafo ley 23.737CSJN · 23/04/2008
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