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Corte Suprema

TRANSNOA S.A. c/ CATAMARCA, PROVINCIA DE s/INCONSTITUCIONALIDAD.-

La Corte Suprema, al hacer lugar a la aclaratoria del doctor Buzzo, revocó la regulación de honorarios por no haber considerado la acumulación de la pretensión de inconstitucionalidad del impuesto a los ingresos brutos junto a la acción de repetición. Fijó los honorarios en $129.000 para Buzzo y $64.500 para Ricardone.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
T. 181. XXXV. ORI
Aclaratoria Honorarios Regulacion de honorarios Acumulacion de pretensiones Inconstitucionalidad Impuesto a los ingresos brutos Accion de repeticion Error material Excepcion a la irrevisibilidad Transnoa s.a.

¿Quién es el actor?

Transnoa S.A.

¿A quién se demanda?

Provincia de Catamarca.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción originaria de inconstitucionalidad de la aplicación a la actora del impuesto a los ingresos brutos y acción de repetición de sumas pagadas.

¿Qué se resolvió?

se revocó el pronunciamiento del 5 de septiembre de 2002 que regulaba honorarios y se fijó la retribución del doctor Fernando M. A. Buzzo en $129.000 y la de la doctora María Ida A. A. Ricardone en $64.500.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"si bien esta Corte ha sostenido, como principio de carácter general, que sus pronunciamientos no son susceptibles de ser revisados por la vía intentada (Fallos: 297:543; 302:1319), ello no obsta a que en los casos en que se manifiesten con nitidez errores que es necesario subsanar se configure una excepción a ese criterio (Fallos: 313:1461)."

"la regulación practicada sobre la base del monto que se condenó a pagar a la demandada no ha tenido en cuenta que el planteo principal de la acción deducida por Transnoa S.A. ha perseguido la declaración de inconstitucionalidad de la aplicación a su respecto del impuesto a los ingresos brutos."

"el Tribunal no ponderó que mediaba una acumulación de pretensiones que exigía fijar los honorarios considerando no sólo el monto de la acción de repetición de sumas pagadas sino también la inconstitucionalidad referida cuya trascendencia resulta inobjetable."

"lo decidido, cuya modificación se intenta, tampoco se compadece con las regulaciones establecidas en Fallos: 322:2958 y 325:723 sustancialmente análogas a ésta."

Normas que cita

  • Ley 21.839arts. 6 incs. b, c y d, 9, 37, 38 · Aranceles y honorarios de abogados
  • Ley 24.432Honorarios profesionales

Fallos que cita

  • Vernengo, Pablo c/ Buenos Aires, Provincia de s/ acción declarativaCSJN · 04/11/1997
  • Fallos 297:543CSJN
  • Fallos 302:1319CSJN
  • Fallos 313:1461CSJN
  • Fallos 322:2958CSJN
  • Fallos 325:723CSJN

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