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Corte Suprema

PEDREIRA HERNAN HECTOR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó el reajuste de su haber jubilatorio y la aplicación de intereses sobre las diferencias adeudadas. La Corte Suprema, al resolver los recursos ordinarios de la ANSeS y del Ministerio Público, confirmó la tasa de interés fijada según el precedente Aguilar y revocó la sentencia en lo relativo a la inconstitucionalidad del art. 21 de la ley 24.463, conforme a Arena.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 780. XXXVII. ROR
Reajuste previsional Ley de solidaridad previsional Art. 21 ley 24.463 Inconstitucionalidad Tasa de interes Recurso ordinario Anses Precedente arena Precedente aguilar Intereses previsionales

¿Quién es el actor?

Hernán Héctor Pedreira.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional.

¿Qué se resolvió?

se declararon procedentes los recursos ordinarios de la ANSeS y del Ministerio Público; se confirmó la sentencia en cuanto a la tasa de interés, según el precedente "Aguilar", y se la revocó con el alcance que surge de "Arena". Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios vinculados con la declaración de inconstitucionalidad del art. 21 de la ley de Solidaridad Previsional han sido resueltos por esta Corte en Fallos: 324:2360 ("Arena"), a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad."

"Que los agravios de la ANSeS relacionados con la tasa de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente publicado en Fallos: 325:1185 ("Aguilar), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir por razón de brevedad."

"Por ello el Tribunal resuelve: declarar procedentes los recursos ordinarios deducidos por la ANSeS y por el Ministerio Público, confirmar la sentencia apelada en cuanto a la tasa de interés según lo resuelto en el precedente "Aguilar" y revocarla con el alcance que surge del fallo "Arena" citado."

Normas que cita

Fallos que cita

  • ArenaCSJN · Fallos 324:2360
  • AguilarCSJN · Fallos 325:1185

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