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Corte Suprema

SUAREZ ESTER ELENA c/ AGUIRRE VICTORIANO Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS ACC. TRAN. C/ LES O MUERTE

La Corte Suprema admitió el recurso extraordinario interpuesto por la aseguradora citada en garantía en un reclamo por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. Revocó la sentencia y declaró que la franquicia pactada en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado, por lo que la condena no puede ejecutarse contra la aseguradora más allá de los límites de la contratación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 744. XLIV. REX
Seguro de responsabilidad civil Franquicia Citacion en garantia Tercero damnificado Accidente de transito Danos y perjuicios Oponibilidad Limites de la contratacion Recurso extraordinario Ley 48.

¿Quién es el actor?

Ester Elena Suárez.

¿A quién se demanda?

Victoriano Aguirre y otros; citada en garantía, Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito (acción de daños y perjuicios por accidente de tránsito con lesiones o muerte).

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se declaró formalmente admisible el recurso extraordinario, se revocó la decisión apelada y se admitió que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado, de modo que la sentencia no podrá ejecutarse contra la aseguradora sino en los límites de la contratación. Costas por su orden en cuanto se impusieron a la recurrente (con costas).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el Tribunal indicó que los agravios de la recurrente remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las ya resueltas en Fallos: 329:3054 y 3488, y en las causas C.724.XLI "Cuello", O.166.XLIII "Obarrio", G.327.XLIII "Gauna" y V.389.XLIII "Villarreal", cuyas consideraciones se dan por reproducidas. La jueza Argibay se remitió a su disidencia en la última causa citada. Se fundó la admisión en el art. 16, segunda parte, ley 48.

Normas que cita

  • Ley 48art. 16 · Justicia nacional

Fallos que cita

  • Cuello, Patricia Dorotea c/ Lucena, Pedro AntonioCSJN · 07/08/2007 · Fallos 330:3483
  • Obarrio, María Pía c/ Microómnibus Norte S.A. y otrosCSJN · 04/03/2008
  • Gauna, Agustín y su acumulado c/ La Economía Comercial S.A. de Seguros Generales y otroCSJN · 04/03/2008
  • Villarreal, Daniel Alberto c/ Fernández, Andrés AlejandroCSJN · 04/03/2008
  • Fallos 329:3054CSJN

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