ROIG JUANA ISABEL Y OTROS c/ TELEFONICA DE ARGENTINA S.A. s/DAÑOS Y PERJUICIOS
Los actores demandaron por daños y perjuicios a Telefónica de Argentina S.A. por una usurpación para instalar postes en su inmueble. La Procuración General dictaminó que corresponde declarar admisible la queja y remitir la causa a la Justicia Federal, por estar comprometido el servicio público telefónico regulado por la Ley 19.798.
¿Quién es el actor?
Juana Isabel Roig y Carmelo Carlos Cozzolino.
¿A quién se demanda?
Telefónica de Argentina S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Resarcimiento por daños y perjuicios sufridos en un inmueble de su propiedad (Luján de Cuyo, Mendoza) por la usurpación para instalar postes de tendido telefónico.
¿Qué se resolvió?
La Procuración General opina que corresponde declarar admisible la queja, revocar la sentencia de la Cámara en cuanto fue materia de recurso extraordinario y remitir las actuaciones a la Justicia Federal de Mendoza. El juez de primera instancia había hecho lugar a la excepción de incompetencia, y la Cámara la había desestimado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Si bien las decisiones que resuelven cuestiones de competencia no autorizan en principio la apertura del recurso extraordinario previsto en el art. 14 de la ley 48, en tanto no constituyen sentencia definitiva, cabe hacer excepción a tal principio cuando comportan denegación del fuero federal (Fallos: 306:190; 311:1232 y 316:3093, entre muchos otros), tal como ocurre en estas actuaciones."
"En cuanto a la cuestión de competencia bajo examen, surge de las constancias de autos que la pretensión de los actores presenta una estrecha vinculación con el funcionamiento y organización del servicio público telefónico, lo que importa la aplicación e interpretación de normas federales, como lo es la Ley Nacional de Telecomunicaciones 19.798, en especial, los arts. 40, 41 y 42, por lo que entiendo que cabe asignar igual carácter a la materia del pleito (Fallos: 314:848; 320:2004, entre otros)."
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Normas que cita
- Ley 19.798arts. 40, 41, 42 · Telecomunicaciones
- Constitución Nacionalarts. 31, 75 inc. 13, 14, 18, 32
- Ley 48art. 14 · Justicia nacional
Fallos que cita
- Fallos 306:190CSJN
- Fallos 311:1232CSJN
- Fallos 316:3093CSJN
- Fallos 314:848CSJN
- Fallos 320:2004CSJN
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