FOLLONIER ELIDA JUANA c/ ANSES s/PENSIONES
La Corte Suprema declaró inaplicables al caso los arts. 22 y 23 de la ley 24.463 en el reclamo previsional de Elida Juana Follonier contra la ANSeS. El Tribunal remitió a los fundamentos del precedente Licht para resolver las objeciones de la ANSeS sobre el régimen de cumplimiento de las sentencias de la cámara.
¿Quién es el actor?
Elida Juana Follonier.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamo en materia de pensiones (proceso "Follonier, Elida Juana c/ ANSeS s/ pensiones").
¿Qué se resolvió?
se declaran inaplicables al caso los arts. 22 y 23 de la ley 24.463, se confirma el plazo fijado para el dictado del nuevo acto administrativo, y las costas se imponen por su orden (art. 21, ley citada).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las objeciones efectuadas por la ANSeS, vinculadas con el régimen de cumplimiento de las sentencias de la cámara, resultan sustancialmente análogas a las analizadas y resueltas por el Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 323:2632 ('Licht'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."
El fallo no desarrolla argumentación propia: la decisión se apoya íntegramente en la remisión al precedente "Licht". Al no haber votos en disidencia, la resolución es unánime.
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 22, 23, 21 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- LichtCSJN · Fallos 323:2632
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