JurisprudenciaARG
Corte Suprema

ELIBO S.A. c/ MARTINEZ HECTOR HUGO Y OTRA s/EJECUCION HIPOTECARIA

La Corte Suprema declaró procedente la queja y formalmente admisible el recurso extraordinario de los deudores hipotecarios en una ejecución hipotecaria. Revocó el fallo apelado en cuanto al modo de calcular el monto de la ejecución, por remisión al precedente Lama sobre la ley 25.798 de refinanciación hipotecaria.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
E. 167. XLIV. RHE
Ejecucion hipotecaria Refinanciacion hipotecaria Ley 25.798 Normas de emergencia Recurso extraordinario Recurso de hecho Queja Calculo del monto de ejecucion Costas Ley 26.167

Actor (ejecutante): Elibo S.A.

Demandados (ejecutados): Héctor Hugo Martínez y Mariana Nilda Rodríguez (deudores hipotecarios).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución hipotecaria. El planteo versa sobre el modo de calcular el monto por el que progresa la ejecución, en relación con el régimen de refinanciación hipotecaria de la ley 25.798 y la validez constitucional de las normas de emergencia.

¿Qué se resolvió?

se declaró procedente la queja, se admitió formalmente el recurso extraordinario y se revocó el fallo apelado en lo referido al cálculo del monto de la ejecución. Costas de la ejecución a cargo de los deudores; costas de los incidentes sobre validez constitucional de las normas de emergencia en el orden causado. Se ordenó devolver los autos al tribunal de origen para cumplir el trámite de la ley 26.167.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que atento a que el Banco de la Nación Argentina ha informado que los deudores hipotecarios no concluyeron los trámites iniciados para lograr su incorporación al régimen de refinanciación hipotecaria establecido por la ley 25.798 (conf. fs. 42/43 del recurso de queja), las cuestiones planteadas resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en la causa L.839.XLII 'Lama, Enrique Gustavo Tadeo c/ Giménez, Alejandro Rumildo y otra', sentencia del 6 de noviembre de 2007, cuyos fundamentos corresponde dar por reproducidos por razón de brevedad."

La Corte resuelve por remisión a los fundamentos de "Lama", sin desarrollar argumentación propia en este fallo.

Normas que cita

  • Ley 25.798Sistema de refinanciacion hipotecaria
  • Ley 26.167Emergencia publica
  • CPCCNart. 558 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Lama, Enrique Gustavo Tadeo c/ Giménez, Alejandro Rumildo y otraCSJN · 06/11/2007

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