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Corte Suprema

PAEZ ELIDA ARGENTINA Y OTROS c/ PROVINCIA DE TUCUMAN s/COBRO ORDINARIO RECURSO DE QUEJA POR CASACION DENEGADA INT/ PARTE DEMANDADA

La Procuración General dictaminó que corresponde declarar formalmente procedente el recurso extraordinario interpuesto por la Provincia de Tucumán y confirmar la sentencia que declaró la competencia local para el reclamo de reajuste de haberes previsionales. El dictamen sostiene que la causa se funda en normas y jurisprudencia locales y que la acción está dirigida exclusivamente contra la provincia, sin intervención de la ANSeS.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 787. XLIV. REX
Competencia local Reajuste previsional Haberes previsionales Convenio de transferencia previsional Jurisdiccion provincial Recurso extraordinario Denegacion del fuero federal Provincia de tucuman Anses Movilidad jubilatoria

¿Quién es el actor?

Elida Argentina Páez y otros.

¿A quién se demanda?

Provincia de Tucumán.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de los haberes previsionales de la actora, correspondientes a jubilados y pensionados que obtuvieron su beneficio antes de la vigencia del Convenio de Transferencia del sistema previsional suscripto con el Estado Nacional.

¿Qué se resolvió?

la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Tucumán rechazó la queja por casación denegada, confirmando que la Cámara en lo Contencioso Administrativo, Sala III, no hizo lugar a la excepción de incompetencia planteada por la provincia y declaró la jurisdicción local. La Procuración General dictamina que corresponde confirmar esa decisión.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Si bien V.E. tiene reiteradamente dicho que los pronunciamientos que resuelven cuestiones de competencia no constituyen sentencia definitiva a los efectos de habilitar la instancia extraordinaria, cabe hacer excepción a tal principio cuando comportan denegación del fuero federal, como en el caso que nos ocupa."

"Ahora bien, en cuanto al fondo de la cuestión, estimo que no le asiste razón a la recurrente. Así lo pienso, toda vez que la litis gira entorno a la responsabilidad que le cabe al Estado Provincial referido, respecto a la movilidad de los haberes previsionales de los jubilados y pensionados que obtuvieron su beneficio antes de la vigencia del Convenio de Trasferencia del sistema, suscripto con el Estado Nacional. Ello, pues los hechos y fundamentos del líbelo de inicio del presente giran, principalmente, en base a normas y jurisprudencia estrictamente locales."

"Cabe precisar que, si bien los actores citan, para reforzar sus argumentos, la cláusula 16° del referido Convenio, lo hicieron, exclusivamente, para poner de resalto la responsabilidad que asumió la provincia de Tucumán, en reclamos como el que nos ocupa justificando, de esa manera, que su demanda fue dirigida sólo hacia la provincia."

"Por otro lado, más allá del esfuerzo argumental realizado por la apelante en su escrito recursivo, lo cierto es que no precisa cuál es el gravamen concreto que le causa la tramitación del proceso ante sus propios jueces, cuya jurisdicción no le es dado declinar; máxime cuando no se le imputa a la ANSeS -única eventual aforada- la obligación de hacerse cargo del resultado del litigio y dicho organismo no es parte de la litis."

"Es preciso indicar, por último, que mediante el dictado de la ley 7652, la provincia reconoció el pago de montos como los reclamados aquí, circunstancia que reafirma que lo peticionado se encuentra dirigido al cumplimiento de una obligación de la provincia y, por consiguiente, la tramitación de la causa debe ventilarse por ante la justicia local."

Normas que cita

  • Ley 6772 (Tucumán)
  • Ley 7652 (Tucumán)

Fallos que cita

  • Unión del Personal Civil de la Nación -Sección de Tucumán- c/ Provincia de TucumánCSJN · 10/12/1998
  • Moyano, Agustín Duval c/ ex Caja de Jubilaciones y Pensiones hoy Unidad de Control PrevisionalCSJN · 16/10/2002
  • Cáceres Gordillo, Jorge Octavio c/ Gobierno de la Provincia de TucumánCSJN
  • Frías, Ricardo José c/ Gobierno de la Provincia de TucumánCSJN
  • Fallos 310:169CSJN
  • Fallos 320:2162CSJN
  • Fallos 325:2960CSJN
  • Fallos 327:1211CSJN

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