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Corte Suprema

STRACCIA JOSE c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social que revocó la movilidad jubilatoria dispuesta en primera instancia para el período posterior al 31 de marzo de 1995. El Tribunal remitió a la doctrina de los precedentes Chocobar y Heit Rupp y rechazó la tacha de inconstitucionalidad contra la ley de convertibilidad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 600. XXXVII. ROR
Movilidad jubilatoria Reajuste previsional Ley 24.463 Ley de convertibilidad Ley 23.928 Ley 18.037 Confiscatoriedad Precedente chocobar Precedente heit rupp Recurso ordinario

¿Quién es el actor?

José Straccia.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes por movilidad de la prestación previsional.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, la Corte confirmó la sentencia apelada, que había revocado la movilidad fijada en primera instancia para el período posterior al 31 de marzo de 1995. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre la vigencia de la ley 23.928: "el planteo referente a que la entrada en vigencia de la ley 23.928 no afecta la movilidad establecida por la ley 18.037, ha sido resuelto por este Tribunal en contra de las pretensiones del recurrente en el precedente publicado en Fallos: 319:3241 ('Chocobar'), sin que el apelante invoque argumentos novedosos que justifiquen una solución distinta."

Sobre la inconstitucionalidad de la ley de convertibilidad: "la tacha de inconstitucionalidad formulada contra la ley de convertibilidad carece de fundamento pues la movilidad de las prestaciones correspondientes al período posterior a la fecha de su vigencia no se rige por sus disposiciones sino por la ley 24.463."

Sobre el porcentaje de reducción: "la quita cuestionada no resulta de aplicación a la movilidad que corresponde al período posterior al 1° de abril de 1991, de conformidad con lo resuelto en el precedente 'Chocobar' citado."

¿Cómo votaron los jueces?

los jueces Fayt y Belluscio se remitieron a sus disidencias en la causa "Chocobar".

Normas que cita

Fallos que cita

  • ChocobarCSJN · Fallos 319:3241
  • Heit RuppCSJN · Fallos 322:2226

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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