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Corte Suprema

PIRELLI NEUMATICOS S.A.I.C. (TF 9980-A) c/ D.G.A. s/RECURSO EXTRAORDINARIO

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por Pirelli Neumáticos S.A.I.C. y confirmó la sentencia apelada en lo que fue materia del recurso, remitiendo a la doctrina fijada en el precedente Autolatina Argentina S.A. (TF 7879-A) c/ D.G.A.. El ministro Moliné O'Connor votó en disidencia por dejar sin efecto la sentencia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 281. XXXVI. REX
Recurso extraordinario Direccion general de aduanas Pirelli neumaticos Precedente autolatina Doctrina de la corte Materia aduanera Sentencia confirmada Remision a precedente Ley 25.344 Costas

Actor (recurrente): Pirelli Neumáticos S.A.I.C. (TF 9980-A)

¿A quién se demanda?

Dirección General de Aduanas (D.G.A.)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso extraordinario contra la sentencia dictada en el marco de la causa tributaria/aduanera (TF 9980-A), cuyas normas aplicables son análogas a las del precedente "Autolatina Argentina S.A. (TF 7879-A)".

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, se declaró procedente el recurso extraordinario, con el alcance con el que fue concedido, y se confirmó la sentencia apelada en cuanto pudo ser materia de dicho recurso, con costas. Se ordenó practicar la comunicación del art. 6° de la ley 25.344 y devolver los autos al tribunal de origen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que en atención a que las normas aplicables en el sub examine, en lo que interesa para la decisión del pleito, son análogas a las consideradas en la sentencia dictada el 10 de abril de 2003 en la causa A.528.XXXIV. 'Autolatina Argentina S.A. (TF 7879-A) c/ D.G.A.', la cuestión planteada encuentra respuesta en la doctrina establecida en el citado precedente, al que corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

el ministro Eduardo Moliné O'Connor, en disidencia, consideró aplicable la doctrina de Autolatina con sus fundamentos y propuso dejar sin efecto la sentencia apelada, con costas en el orden causado, y devolver los autos para un nuevo pronunciamiento conforme a dicho precedente.

Normas que cita

  • Ley 25.344art. 6 · Emergencia economica-financiera

Fallos que cita

  • Autolatina Argentina S.A. (TF 7879-A) c/ D.G.A.CSJN · 10/04/2003

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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