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Corte Suprema

JOSE MARCELO GUSTAVO c/ GIACCHINO ENRIQUE JUAN s/EJECUCION HIPOTECARIA

La Corte Suprema admitió formalmente el recurso extraordinario del ejecutado en una ejecución hipotecaria sobre un bien que no era vivienda única familiar. Revocó la declaración de inconstitucionalidad de las normas de emergencia económica, manteniendo la forma de cancelación del capital y fijando los intereses al 6% anual.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
J. 97. XLIV. REX
Ejecucion hipotecaria Emergencia economica Vivienda unica familiar Recurso extraordinario Inconstitucionalidad Cancelacion del capital Intereses Costas Longobardi Ley de emergencia

Actor (ejecutante): Marcelo Gustavo José.

Demandado (ejecutado): Enrique Juan Giacchino.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución hipotecaria.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se admitió el recurso extraordinario, se revocó lo decidido sobre la inconstitucionalidad de las normas de emergencia económica, se confirmó el modo de cancelación del capital, se fijaron los intereses al 6% anual y las costas se distribuyeron según el art. 558 del CPCCN, con los incidentes de constitucionalidad en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que el bien gravado con hipoteca no constituye la vivienda única familiar del deudor, motivo por el cual las cuestiones planteadas en el presente juicio vinculadas con la aplicación e interpretación de las normas de emergencia económica resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en la causa 'Longobardi' (Fallos: 330:5345, votos concurrentes), cuyos fundamentos corresponde dar por reproducidos por razón de brevedad."

"Los jueces Lorenzetti, Fayt y Argibay se remiten a sus disidencias en la citada causa."

Los intereses al 6% anual se fijaron porque así lo resolvió la alzada y el ejecutante consintió ese aspecto de la decisión.

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