JurisprudenciaARG
Corte Suprema

CATTARUZZA SILVIA GRACIELA c/ SIEMBRA SEGUROS DE RETIRO SA s/SUMARISIMO

La Corte Suprema admitió la queja y el recurso extraordinario de la aseguradora y confirmó la sentencia apelada, con los alcances fijados en el precedente Benedetti, por remisión a sus fundamentos. La decisión se adoptó por mayoría, con costas por su orden.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 1210. XLIV. RHE
Recurso extraordinario Recurso de hecho Queja Seguros de retiro Remision a precedente Benedetti Ley 25.561 Pesificacion Amparo Costas por su orden

¿Quién es el actor?

Silvia Graciela Cattaruzza.

¿A quién se demanda?

Siembra Seguros de Retiro S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

no surge del texto de la sentencia (la causa aparece sólo por su carátula y por la existencia de un recurso de hecho deducido por la demandada).

¿Qué se resolvió?

se hace lugar a la queja, se declara formalmente admisible el recurso extraordinario y, por mayoría, se confirma la sentencia apelada con los alcances del precedente "Benedetti" (C.S.J.N., 16/9/2008, B.1694.XXXIX). Costas por su orden en atención a la complejidad de la cuestión.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el Tribunal afirma que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las resueltas en "Benedetti" y que corresponde remitirse a sus fundamentos y conclusiones "en razón de brevedad". La jueza Argibay se remite a su voto en ese precedente. Los jueces Highton de Nolasco, Maqueda y Petracchi se remiten a las disidencias que suscribieron en el mismo precedente, por lo que su posición no se incorpora como decisión de la mayoría sino como remisión a su disidencia. No se transcriben considerandos propios sobre el fondo.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Benedetti, Estela Sara c/ P.E.N. - ley 25.561 - dtos. 1570/01 - 214/02 s/ amparoCSJN · 16/09/2008

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