JurisprudenciaARG
Corte Suprema

NI I-HSING s/S.C.CIUDADANIA

El actor, de nacionalidad china y residente en el país, solicitó la carta de ciudadanía argentina por naturalización, a la que la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba había denegado por no acreditar residencia legal continua de dos años. La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia, ordenando que se dicte un nuevo pronunciamiento, por considerar que la ley 346 no exige la legalidad de la residencia y que la residencia precaria otorgada por la propia Dirección Nacional de Migraciones durante más de dos años cumple el requisito constitucional.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
N. 13. XLII. REX
Carta de ciudadania Naturalizacion Residencia continua Residencia legal Ley 346 Articulo 20 constitucion nacional Migracion Residencia precaria Igualdad Recurso extraordinario

¿Quién es el actor?

I-Hsing Ni, de nacionalidad china.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Dirección Nacional de Migraciones, en el trámite de la carta de ciudadanía).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

obtención de la carta de ciudadanía argentina por naturalización, conforme el art. 20 de la Constitución Nacional y la ley 346 (texto actualizado por ley 23.059).

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba y ordenó dictar nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, según se adelantó, la presente causa tuvo origen en la presentación formulada por el actor ante la justicia federal a fin de obtener la carta de ciudadanía, conforme lo establecido en la ley 23.059 referida supra, ello independientemente de la cuestión relativa al trámite administrativo seguido ante la Dirección de Migraciones." "[...] no hay elementos que permitan concluir que las categorías establecidas en la ley de migraciones resulten determinantes en orden a la configuración de la residencia, en cuanto requisito fundamental para la obtención de la ciudadanía por naturalización." "[...] debe preferirse la interpretación que concuerda y favorece antes que aquella que prescinde y dificulta los fines perseguidos por las normas constitucionales (Fallos: 285:60; 293:154, entre otros)." "[...] las particularidades del caso dan muestra de un 'recto comportamiento durante un tiempo razonablemente suficiente para ponerlo a prueba y acreditar que responde a una leal voluntad de arraigo y subordinación a los principios rectores de la vida nacional, que habilite para invocar la garantía constitucional de permanecer en el territorio' (Fallos: 234:203)."

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, a tales fines, cabe señalar que si bien en un principio la Dirección Nacional de Migraciones había declarado ilegal la permanencia del actor en el país [...] desde el 17 de abril de 2001 hasta el 17 de noviembre de 2003 el actor fue autorizado a residir en el país por la propia Dirección Nacional de Migraciones." "Esta última circunstancia torna inoficioso el tratamiento del agravio referente a la interpretación que corresponde otorgar al requisito de residencia que establece el art. 20 de la Constitución Nacional para adquirir la ciudadanía argentina, toda vez que, conforme se expresó, el actor residió legalmente y de manera continua en el país durante más de dos años."

Normas que cita

  • Constitución Nacionalarts. 14, 20, 25
  • Ley 346art. 21 inc. 1 · Ciudadania
  • Ley 23.059art. 21 inc. 1 · Nacionalidad y ciudadania
  • Ley 21.795Ciudadania
  • Ley 22.439arts. 98, 99, 21 · Ley gral. de migraciones y de fomento de la inmigracion
  • Ley 25.871art. 124 · Migraciones
  • Decreto 3213/84arts. 31, 41
  • Decreto 1434/87
  • Ley 48art. 14 inc. 3 · Justicia nacional
  • Ley 21.610art. 21 · Ciudadania

Fallos que cita

  • Fallos 230:480CSJN
  • Fallos 234:203CSJN
  • Fallos 285:60CSJN
  • Fallos 293:154CSJN
  • Fallos 183:241CSJN
  • Fallos 200:99CSJN
  • Fallos 211:376CSJN
  • Fallos 220:518CSJN
  • Fallos 230:244CSJN
  • Fallos 268:393CSJN
  • Fallos 278:147CSJN
  • Fallos 302:604CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.