JurisprudenciaARG
Corte Suprema

SUAREZ ORLANDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios de la ANSeS y del Ministerio Público en un reajuste por movilidad jubilatoria. Confirmó la sentencia en cuanto a la tasa de interés, la movilidad y la defensa de limitación de recursos, y la revocó en cuanto declaraba la inconstitucionalidad del art. 21 de la ley 24.463.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 1773. XXXVIII. ROR
Reajuste por movilidad Tasa de interes Haber jubilatorio Ley 24.463 Art. 21 ley 24.463 Inconstitucionalidad Solidaridad previsional Confiscatoriedad Recurso ordinario Costas por su orden

¿Quién es el actor?

Orlando Suárez.

¿A quién se demanda?

ANSeS.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes por movilidad (reclamo previsional).

¿Qué se resolvió?

se declararon procedentes los recursos ordinarios de la ANSeS y del Ministerio Público. Se confirmó la sentencia apelada con el alcance fijado en el precedente "Aguilar"; se la revocó en cuanto declaraba la inconstitucionalidad del art. 21 de la ley 24.463, conforme al precedente "Arena". Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1°) Que las cuestiones que se suscitan en la presente causa, vinculadas con la tasa de interés, encuentran adecuada respuesta en el precedente publicado en Fallos: 325:1185 ("Aguilar"), al que cabe remitir."

"2°) Que los agravios vinculados con la declaración de inconstitucionalidad del art. 21 de la ley de Solidaridad Previsional han sido resueltos por esta Corte en el precedente publicado en Fallos: 324:2360 ("Arena"), cuyos fundamentos se dan por reproducidos."

"3°) Que las impugnaciones formuladas respecto a la defensa de limitación de recursos, haber inicial, movilidad y confiscatoriedad, guardan sustancial analogía con los examinados y resueltos por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ("Torres Brizuela"), cuyas conclusiones se dan por reproducidas brevitatis causa."

"4°) Que los restantes agravios de la ANSeS, no se compadecen con lo resuelto, por lo que deben ser desestimados."

Normas que cita

Fallos que cita

  • AguilarCSJN · Fallos 325:1185
  • ArenaCSJN · Fallos 324:2360
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.