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Corte Suprema

VIDAL DE ROMERO PATRICIA DEL VALLE Y OTRO c/ GATTI SERGIO ALEJANDRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La Corte Suprema admitió formalmente el recurso extraordinario en el proceso promovido por Patricia del Valle Vidal de Romero y otro contra Sergio Alejandro Gatti, y dejó sin efecto la sentencia apelada. Ordenó devolver los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo fallo, por remisión a los fundamentos del dictamen de la Procuradora Fiscal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
V. 297. XLIII. RHE
Recurso de hecho Recurso extraordinario Admisibilidad Queja Dictamen de la procuradora fiscal Nulidad de sentencia Reenvio Costas Art. 280 cpccn Camara nacional de apelaciones en lo civil.

¿Quién es el actor?

Patricia del Valle Vidal de Romero y Ramón Mario Romero.

¿A quién se demanda?

Sergio Alejandro Gatti.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

recurso de hecho deducido contra la denegación del recurso extraordinario interpuesto en la causa, tramitada ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala D, con intervención previa del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil n° 91.

¿Qué se resolvió?

se declara formalmente admisible el recurso extraordinario, se deja sin efecto la decisión apelada, con costas, y se devuelven los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo fallo conforme a lo expresado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios de los apelantes han sido objeto de adecuado tratamiento en el dictamen de la señora Procuradora Fiscal, cuyos fundamentos esta Corte comparte y a los cuales se remite por razón de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

el Ministro Maqueda consideró que "el recurso extraordinario cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)" y propuso desestimar la presentación directa.

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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