VIDAL DE ROMERO PATRICIA DEL VALLE Y OTRO c/ GATTI SERGIO ALEJANDRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La Corte Suprema admitió formalmente el recurso extraordinario en el proceso promovido por Patricia del Valle Vidal de Romero y otro contra Sergio Alejandro Gatti, y dejó sin efecto la sentencia apelada. Ordenó devolver los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo fallo, por remisión a los fundamentos del dictamen de la Procuradora Fiscal.
¿Quién es el actor?
Patricia del Valle Vidal de Romero y Ramón Mario Romero.
¿A quién se demanda?
Sergio Alejandro Gatti.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
recurso de hecho deducido contra la denegación del recurso extraordinario interpuesto en la causa, tramitada ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala D, con intervención previa del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil n° 91.
¿Qué se resolvió?
se declara formalmente admisible el recurso extraordinario, se deja sin efecto la decisión apelada, con costas, y se devuelven los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo fallo conforme a lo expresado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los agravios de los apelantes han sido objeto de adecuado tratamiento en el dictamen de la señora Procuradora Fiscal, cuyos fundamentos esta Corte comparte y a los cuales se remite por razón de brevedad."
¿Cómo votaron los jueces?
el Ministro Maqueda consideró que "el recurso extraordinario cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)" y propuso desestimar la presentación directa.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.