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Corte Suprema

GONZALEZ RAMON c/ ANSES s/JUBILACION Y RETIRO POR INVALIDEZ

El actor reclamó la jubilación por invalidez tras su cese laboral en 1992, y la ANSeS cuestionó el otorgamiento del beneficio. La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social que declaró incapacitado al actor, por considerar que los agravios no refutaban científicamente las patologías declaradas idóneas para inhabilitarlo laboralmente.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 2635. XXXVIII. ROR
Jubilacion por invalidez Incapacidad laboral Cuerpo medico forense Porcentaje de incapacidad Capacidad residual Baremo Ley 18.037 Art. 33 Seguridad social Prueba pericial

¿Quién es el actor?

Ramón González.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

jubilación por invalidez.

¿Qué se resolvió?

la Corte Suprema hizo lugar al recurso ordinario de apelación de la ANSeS y confirmó la sentencia recurrida, que había revocado el rechazo de primera instancia y declarado incapacitado al actor a los fines previsionales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"2°) Que el a quo ordenó en carácter de medida para mejor proveer la intervención del Cuerpo Médico Forense, organismo que se expidió al respecto atribuyéndole al demandante un porcentaje de incapacidad del 67,73% a la fecha de la revisación, sin que pudiera precisarse con exactitud dicho porcentaje a la fecha del cese laboral (4 de agosto de 1992). Sobre la base de lo informado y aplicando un criterio amplio a fin de proteger los derechos del peticionario, la sala interviniente declaró al interesado incapacitado a los fines previsionales."

"4°) Que dichos agravios no alcanzan para desvirtuar los resultados a los que arribó la cámara, en la medida en que las impugnaciones formuladas por la apelante con relación a la salud del solicitante y a su minusvalía a las fechas cuestionadas, no refutan científicamente los fundamentos expresados por el a quo a fin de declarar idóneas las afecciones del actor -patologías cardíaca, oftalmológica, auditiva y osteoarticulares- para inhabilitarlo en su ámbito laboral."

La recurrente sostenía que el a quo contradijo la sentencia de primera instancia, no consideró los porcentajes de incapacidad por patología y no calculó la capacidad residual según el baremo obligatorio del art. 33 de la ley 18.037; la Corte desestimó esos agravios.

Normas que cita

  • Ley 18.037art. 33 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones

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