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Corte Suprema

GARRAFFO JOSE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema, con remisión a sus precedentes Perletto y Aguilar y a Torres Brizuela, resolvió los recursos ordinarios interpuestos por la ANSeS en reclamos de reajuste previsional, en los que se discutían la limitación de recursos, el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia, así como la tasa de intereses. Declaró procedentes esos recursos y confirmó las sentencias apeladas, con costas por su orden.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 405. XXXIX. ROR
Reajuste previsional Haberes jubilatorios Limitacion de recursos Cumplimiento de sentencia Tasa de intereses Anses Recurso ordinario Costas por su orden Seguridad social Jubilacion

¿Quién es el actor?

José Garraffo y otros jubilados (Basso de Ancharuk, De la Serna, Fernández, González Llamazares, Miguel, Paponi y Ziami), en autos acumulados.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS); en el caso de Ziami, la Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales.

¿Qué se resolvió?

declarar procedentes los recursos ordinarios deducidos y confirmar las sentencias apeladas. Costas por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1°) Que la cuestión que se suscita en las presentes causas, vinculada con la defensa de limitación de recursos y con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resulta sustancialmente análoga a la examinada y resuelta por este Tribunal en Fallos: 325:98 ('Perletto'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."

"2°) Que los agravios referentes a la tasa de intereses guardan sustancial analogía con los analizados y resueltos por esta Corte en Fallos: 325:1185 ('Aguilar'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad."

"3°) Que los restantes agravios del organismo previsional suscitan el tratamiento de temas similares a los resueltos por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ('Torres Brizuela'), cuyos fundamentos se dan por reproducidos."

Normas que cita

Fallos que cita

  • PerlettoCSJN · Fallos 325:98
  • AguilarCSJN · Fallos 325:1185
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

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