VARSZAFSKI CHEJANOSKI ELENA c/ MINISTERIO DE JUSTICIA DE DERECHOS HUMANOS s/ART. 3° LEY 24043
El Estado Nacional recurrió en queja una sentencia de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal dictada en el marco de una demanda de Elena Varszafski Chejanoski contra el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia, ordenando dictar nuevo pronunciamiento.
¿Quién es el actor?
Elena Varszafski Chejanoski.
¿A quién se demanda?
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Estado Nacional).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
DESCONOCIDO (el fallo no transcribe el reclamo; sólo consta la carátula).
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario deducido y se deja sin efecto la sentencia impugnada, con reenvío al tribunal de origen para que dicte nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que esta Corte comparte los argumentos y conclusiones del dictamen que antecede, cuyos términos se dan por reproducidos en razón de brevedad." El fundamento concreto se encuentra en el dictamen de la Procuración General al que remite la Corte, que no forma parte del texto aquí analizado.
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Leyes que cita
- Ley 24.043Indemnizaciones
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