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Corte Suprema

LOPEZ WALTER DANIEL c/ MOLAGUERO MARIA DEL CARMEN Y OTRO s/EJECUTIVO

La Corte Suprema revocó la sentencia de la Cámara Nacional en lo Comercial en una ejecución hipotecaria/ejecutiva en dólares y, aplicando el principio del esfuerzo compartido, ordenó convertir la deuda a pesos a razón de un peso por dólar más el 50% de la brecha cambiaria, con una tasa de interés del 7,5% anual no capitalizable.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 1887. XL. REX
Ejecucion en moneda extranjera Principio del esfuerzo compartido Conversion a pesos Brecha cambiaria Recurso extraordinario Ley 48 art. 16 Coeficiente de estabilizacion de referencia (cer) Tasa de interes Pesificacion Longobardi

Demandante (Actor): Walter Daniel López.

¿A quién se demanda?

María del Carmen Molaguero y otro (coejecutado Ariel Alberto Moreno, quien interpuso el recurso extraordinario).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro ejecutivo de una deuda expresada en moneda extranjera (dólares estadounidenses).

¿Qué se resolvió?

Se declaró formalmente admisible el recurso extraordinario del coejecutado, se revocó el fallo apelado y se fijó el modo de conversión de la deuda a pesos según el "principio del esfuerzo compartido", con la fórmula indicada en la parte resolutiva, más una tasa de interés del 7,5% anual no capitalizable. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte remite, por razones de brevedad, a los fundamentos y conclusiones de la causa "Longobardi" (Fallos: 330:5345), por considerar que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas. Textualmente: "Que las cuestiones planteadas en autos resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en la causa 'Longobardi' (Fallos: 330:5345), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir 'en lo pertinente' por razones de brevedad." La solución se apoya en el art. 16, segundo párrafo, de la ley 48, en uso de las atribuciones allí conferidas.

Normas que cita

  • Ley 48art. 16 · Justicia nacional

Fallos que cita

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