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Corte Suprema

BARRAGAN RAUL OSCAR c/ BBVA BANCO FRANCES S.A. Y OTRO s/AMPARO

Un particular promovió amparo contra BBVA Banco Francés S.A. y otro por el régimen jurídico vinculado a la restricción de la disponibilidad de depósitos bancarios. La Corte Suprema declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios y revocó la sentencia apelada, remitiendo a la doctrina de los precedentes Agüero y Coronel.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 145. XLVI. REX
Amparo Restriccion de depositos bancarios Recurso extraordinario Remision a precedentes Corralito Regimen juridico novedoso Costas por su orden Bbva banco frances Estado nacional Sentencia revocada.

¿Quién es el actor?

Raúl Oscar Barragán.

¿A quién se demanda?

BBVA Banco Francés S.A. y el Estado Nacional.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo vinculado al régimen de restricción de la disponibilidad de depósitos bancarios.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios interpuestos por el banco y por el Estado Nacional, revocó la sentencia apelada y ordenó devolver los autos para que el tribunal a quo dicte nuevo fallo conforme a la doctrina de los precedentes citados. Las costas se impusieron por su orden por tratarse de un régimen jurídico novedoso.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

> "Que las cuestiones planteadas en los presentes autos son sustancialmente análogas a las consideradas en las causas 'Agüero' (Fallos: 332:1039) y 'Coronel' (Fallos: 332:1060), a cuyos fundamentos corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad."

> "El texto de los precedentes mencionados se encuentra publicado en la página web del Tribunal (www.csjn.gov.ar)."

> "Por ello, se declaran formalmente admisibles los recursos extraordinarios y se revoca la sentencia apelada. Costas por su orden en razón de tratarse de un régimen jurídico novedoso."

La sentencia no contiene desarrollo argumental propio: su fundamento consiste en la remisión a los precedentes "Agüero" y "Coronel", por lo que la solución de fondo se determina por la doctrina de esos fallos. No hay votos en disidencia.

Fallos que cita

  • AgüeroCSJN · 07/04/2009 · Fallos 332:1039
  • CoronelCSJN · 07/04/2009 · Fallos 332:1060

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