JurisprudenciaARG
Corte Suprema

CARLETTI RUBEN HERIBERTO c/ ANSES s/S/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario de un jubilado y ordenó recalcular su movilidad jubilatoria entre abril de 1995 y fines de 2006 conforme al precedente Badaro, descontando los aumentos dispuestos por decretos del Poder Ejecutivo. Rechazó el planteo de modificar el índice aplicable al período previo a la convertibilidad por falta de un perjuicio concreto y actual.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 4207. XLI. RHE
Movilidad jubilatoria Reajuste de haberes Precedente badaro Recurso extraordinario Indice de remuneraciones Convertibilidad Indice peon industrial Decretos del poder ejecutivo Seguridad social Perjuicio concreto y actual

¿Quién es el actor?

Rubén Heriberto Carletti (jubilado).

¿A quién se demanda?

ANSeS.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales solicitado a partir de abril de 1995 hasta fines de 2006, y modificación del índice de movilidad aplicable al período anterior a la ley de convertibilidad (pretensión de aplicar el índice del peón industrial).

¿Qué se resolvió?

se declaró procedente el recurso extraordinario respecto del reajuste; la movilidad del período indicado debe practicarse según el índice fijado en "Badaro", con descuento de los incrementos dispuestos por decretos del Poder Ejecutivo si estos arrojaran una prestación superior, en cuyo caso se estará a su resultado. Se rechazó el planteo de modificar el índice del período previo a la convertibilidad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"los agravios atinentes al reajuste de haberes solicitado a partir del mes de abril de 1995 hasta fines del año 2006, resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por esta Corte en el precedente 'Badaro' (Fallos: 329:3089 y 330:4866), a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad, sin perjuicio de que al practicar la liquidación se descuenten las sumas que pudieran haberse percibido en virtud de los decretos del Poder Ejecutivo que dispusieron incrementos en las prestaciones en el período indicado."

"el recurrente no ha logrado demostrar el perjuicio concreto y actual que le ha ocasionado la variable de ajuste fijada por los jueces de la causa (nivel general de las remuneraciones), por lo que sus críticas traducen una mera discrepancia y resultan ineficaces para modificar lo resuelto sobre el punto."

Fallos que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.