MONTEVECHIO MARIA ANGELICA c/ PEN LEY 25561 DTO 1570/01 214/02 s/AMPARO
La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios en una causa de amparo contra el Estado Nacional por la pesificación de depósitos bancarios en dólares (ley 25.561 y decretos 1570/01 y 214/02). Dejó sin efecto la sentencia apelada y reconoció el derecho de la actora al reintegro de su depósito a $1,40 por dólar, ajustado por CER más intereses del 4% anual.
¿Quién es el actor?
María Angélica Montevechio.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (PEN) y, en los recursos, el Banco Comafi S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
amparo por la conversión a pesos de depósitos en dólares dispuesta por la ley 25.561 y los decretos 1570/01 y 214/02.
¿Qué se resolvió?
se declararon procedentes los recursos extraordinarios, se dejó sin efecto la sentencia apelada y se reconoció el derecho de la actora a obtener el reintegro de su depósito convertido a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses del 4% anual no capitalizable, computando como pagos a cuenta las sumas ya percibidas en el pleito y en cumplimiento de cautelares. Se excluyen los supuestos de canje por bonos o aplicación del importe a fines específicos. Sin costas en esta instancia; se mantiene lo resuelto sobre costas en las anteriores.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
la Corte remite en lo sustancial a los fundamentos de "Massa" (Fallos: 329:5913), por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas, y a "Kujarchuk" (Fallos: 330:3680) para el modo de imputar los pagos a cuenta. Asimismo, declara inatendibles los agravios del Banco Comafi S.A. vinculados a la limitación de su responsabilidad respecto de depósitos originariamente constituidos en el Scotiabank Quilmes, remitiendo a "Ricci" (R.1673.XLI, sentencia del 11/09/2007). Texto literal relevante: "Por ello, se declaran procedentes los recursos extraordinarios y se deja sin efecto la sentencia apelada; sin perjuicio de lo cual, en virtud de los fundamentos de la presente, se declara el derecho de la actora a obtener de la entidad bancaria el reintegro de su depósito convertido en pesos a la relación de $ 1,40 por cada dólar estadounidense, ajustado por el CER hasta el momento de su pago, más la aplicación sobre el monto así obtenido de intereses a la tasa del 4% anual no capitalizable".
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Normas que cita
- Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- Decreto 1570
- Decreto 214
- Ley 16.986Amparo
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