JurisprudenciaARG
Corte Suprema

MALDOVAN JUAN HORACIO c/ MAFFONI NATALIA s/EJECUCION HIPOTECARIA

La Corte Suprema, por mayoría, revocó la decisión que había declarado inaplicables las leyes de emergencia económica a un préstamo hipotecario en dólares. Condenó a la deudora a pagar el capital convertido a pesos con un reparto del 50% de la brecha cambiaria, más intereses del 7,5% anual.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 357. XLVI. RHE
Ejecucion hipotecaria Pesificacion Leyes de emergencia economica Cosa juzgada Esfuerzo compartido Cer Vivienda unica y familiar Recurso extraordinario Moneda extranjera Art. 16 ley 48

Actor (acreedor): Juan Horacio Maldovan y otro.

Demandado (ejecutado): Natalia Maffoni.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución hipotecaria de un préstamo en dólares estadounidenses.

¿Qué se resolvió?

se admitió formalmente el recurso extraordinario de la ejecutada y se revocó lo decidido en cuanto desconocía la aplicación de las leyes de emergencia. Se condenó a pagar el capital en pesos a razón de $1 por dólar, más el 50% de la brecha con el tipo de cambio libre, con un interés del 7,5% anual no capitalizable, salvo que el CER arroje un resultado superior. Las costas se impusieron en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"dado que no se encuentra debidamente acreditado que el inmueble hipotecado constituya la vivienda única y familiar de la deudora (...), el Tribunal estima que debe establecerse, en primer lugar, si existe en el caso cosa juzgada derivada de la decisión de primera instancia que mandó llevar adelante la ejecución en dólares estadounidenses o su equivalente en moneda nacional con anterioridad a la entrada en vigencia de las leyes de pesificación (...)"

"los jueces Highton de Nolasco, Petracchi, Maqueda y Zaffaroni consideran que los agravios remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por esta Corte Suprema en la causa 'Longobardi' (Fallos: 330:5345, votos concurrentes), cuyos fundamentos corresponde dar por reproducidos por razón de brevedad."

"El juez Lorenzetti se remite a su disidencia en la citada causa."

Normas que cita

  • Ley 48art. 16 · Justicia nacional
  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

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