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Corte Suprema

GARCIA VELASCO MIGUEL ANGEL s/CAUSA N° 11998

La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia de la Cámara Nacional de Casación Penal en la causa de García Velasco, ordenando dictar una nueva resolución conforme a lo decidido. Petracchi y Argibay votaron en disidencia, proponiendo declarar inadmisible el recurso extraordinario.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 200. XLVI. RHE
Recurso de queja Recurso extraordinario Recurso de hecho Casacion penal Revocacion de sentencia Inadmisibilidad Articulo 280 cpccn Dictamen de la procuracion general Proceso penal Garcia velasco

¿Quién es el actor?

Fiscal General ante la Cámara Nacional de Casación Penal (recurrente en queja).

¿A quién se demanda?

Miguel Ángel García Velasco (imputado).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de hecho contra la denegatoria del recurso extraordinario interpuesto contra la sentencia de la Cámara Nacional de Casación Penal, Sala II, en la causa n° 11.998.

¿Qué se resolvió?

La mayoría de la Corte hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada, remitiendo las actuaciones para que se dicte nueva resolución. Los Dres. Petracchi y Argibay votaron en disidencia, por considerar inadmisible el recurso extraordinario (art. 280 del CPCCN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El Tribunal “comparte, en lo pertinente, los fundamentos expuestos por el señor Procurador Fiscal en el dictamen que antecede, a cuyos términos corresponde remitirse por razones de brevedad”. La disidencia de Petracchi y Argibay sostiene: “Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible (artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)”. Esta última es la posición minoritaria y no constituye la decisión del tribunal.

Normas que cita

  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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