ARAN JULIO ALBERTO Y OTROS c/ PRESIDENCIA DE LA NACION - SIDE Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Corte Suprema declaró admisible el recurso extraordinario deducido por la Secretaría de Inteligencia en una demanda de daños promovida por Julio Alberto Arán y otros contra la Presidencia de la Nación – SIDE. Confirmó la sentencia apelada remitiendo a los fundamentos del precedente Gargiulo (Fallos: 329:3103), con el alcance indicado en el fallo.
¿Quién es el actor?
Julio Alberto Arán y otros.
¿A quién se demanda?
Presidencia de la Nación – SIDE (Secretaría de Inteligencia), que dedujo el recurso de hecho.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
DESCONOCIDO (el texto del fallo no lo detalla).
¿Qué se resolvió?
La Corte consideró que los planteos de la recurrente remiten a cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas en "Gargiulo" (Fallos: 329:3103), y por razones de brevedad remitió a esas consideraciones. Por ello, declaró admisible el recurso extraordinario y, con el alcance indicado, confirmó la sentencia apelada. Dispuso reintegrar el depósito del artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (artículo 13, inciso f, ley 23.898), impuso las costas por su orden y ordenó agregar la queja al principal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los planteos de la recurrente remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas en 'Gargiulo' (Fallos: 329:3103), a cuyas consideraciones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad."
No se registran votos en disidencia en el texto transcripto.
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Normas que cita
- Ley 23.898art. 13 · Tasas judiciales
- Ley 17.454
Fallos que cita
- GargiuloCSJN · Fallos 329:3103
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