LAMADRID RODOLFO HUMBERTO Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL ARGENTINA s/S/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD
La Corte Suprema rechazó el planteo de caducidad de la instancia extraordinaria y revocó parcialmente la sentencia que había admitido el reclamo de los actores por los suplementos del decreto 2744/93, por haber sido esa pretensión rechazada por litispendencia o cosa juzgada y no haber sido cuestionada en la apelación. En cuanto a la naturaleza de los adicionales de los decretos 2133/91 y 713/92, remitió al precedente Mallo.
¿Quién es el actor?
Rodolfo Humberto Lamadrid y otros.
¿A quién se demanda?
Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
diferencias retroactivas por el carácter remunerativo y bonificable de los suplementos creados por los decretos 2133/91, 713/92 y 2744/93, en el marco del personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad.
¿Qué se resolvió?
se rechazó el planteo de caducidad de la instancia extraordinaria, con costas; se declaró procedente el recurso extraordinario de la demandada y se revocó parcialmente la sentencia apelada en cuanto admitió el reclamo relativo a los suplementos del decreto 2744/93, con costas en el orden causado. Se ordenó devolver los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo fallo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En primer lugar, en cuanto a la aludida caducidad de la instancia pretendida por la actora, corresponde disponer su rechazo pues el recurso extraordinario de la demandada se encontraba pendiente de la decisión de este Tribunal, quien debió adoptarla en oportunidad de fallar en la queja indicada, por lo cual la situación de autos queda subsumida en la previsión del art. 313, inc. 3º, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación."
"En cuanto atañe a los agravios contenidos en el remedio federal pendiente de decisión, corresponde hacer lugar a la objeción dirigida a cuestionar la sentencia referente a la pretensión vinculada con el decreto 2744/93. Ello es así, pues la cámara señaló que la juez de primera instancia había admitido dicha pretensión, cuando de la simple lectura de aquel fallo surge que fue expresamente rechazada por existir litispendencia y/o cosa juzgada entre este pleito y los mencionados en el considerando 2º; aspecto de la sentencia que fue consentido por la actora en tanto limitó su apelación a objetar la distribución de las costas."
"Que, por su parte, los planteos respecto de la naturaleza de los adicionales creados por los decretos 2133/91 y 713/92 remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por esta Corte en el precedente 'Mallo, Carlos Héctor y otros c/ Caja Retiros Jubilaciones y Pensiones Policía Federal' publicado en Fallos 328:4232, por lo que corresponde remitirse por razones de brevedad."
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Normas que cita
- Decreto 2133
- Decreto 713
- Decreto 2744
- CPCCNart. 313 inc. 3 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Mallo, Carlos Héctor y otros c/ Caja Retiros Jubilaciones y Pensiones Policía FederalCSJN · Fallos 328:4232
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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