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Corte Suprema

GIMENEZ NORMA BEATRIZ c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL Y OTROS s/SUMARISIMO

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Cámara Federal de Paraná en el reclamo de Norma Beatriz Gimenez contra el Estado Nacional, remitiendo a los fundamentos del precedente Benedetti (Fallos: 331:2006). La decisión se adoptó por mayoría, con disidencias de las jueces Highton de Nolasco y Argibay en los términos de sus votos previos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 671. XLVII. REX
Recurso extraordinario Estado nacional Sumarisimo Precedente benedetti Remision a fundamentos Confirmacion de sentencia Costas en el orden causado Camara federal de apelaciones de parana Poder ejecutivo nacional Mayoria

¿Quién es el actor?

Norma Beatriz Gimenez, por derecho propio.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional – Poder Ejecutivo Nacional y otros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

proceso sumarísimo promovido contra el P.E.N. y otros (el fallo no detalla en este texto la pretensión concreta).

¿Qué se resolvió?

se declaró formalmente admisible el recurso extraordinario interpuesto por el Estado Nacional y, por mayoría, se confirmó la sentencia apelada con los alcances que surgen del precedente "Benedetti". Las costas de esta instancia se distribuyeron en el orden causado en atención a la complejidad de la cuestión debatida (art. 68, segundo párrafo, CPCCN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en los presentes autos son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa 'Benedetti' (Fallos: 331:2006), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en lo pertinente en razón de brevedad."

"La jueza Argibay se remite a su voto emitido en la mencionada causa."

"Los jueces Highton de Nolasco, Maqueda y Petracchi, se remiten a las disidencias que suscribieron en el precedente citado."

Aclaración: la remisión de Highton de Nolasco, Maqueda y Petracchi corresponde a su disidencia en "Benedetti", por lo que no integra el fundamento de la mayoría sino la posición minoritaria en ese precedente.

Normas que cita

Fallos que cita

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