GOITIA GERMAN SAMUEL Y OTRO c/ NUÑEZ RICARDO FELIX Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS ACC. TRAN. C/LES. O MUERTE
La Corte Suprema admitió el recurso extraordinario de la aseguradora citada en garantía y revocó la sentencia, reconociendo que la franquicia pactada en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado, de modo que la condena no puede ejecutarse contra la aseguradora más allá de los límites de la contratación. La Dra. Argibay votó en disidencia por declarar mal concedido el recurso.
¿Quién es el actor?
Germán Samuel Goitía y otro (co-actora Inés Ávalos).
¿A quién se demanda?
Ricardo Félix Núñez y otro; citada en garantía, Mutual Rivadavia de Seguros del Transporte Público de Pasajeros.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito con lesiones o muerte.
¿Qué se resolvió?
por mayoría, se declaró formalmente admisible el recurso extraordinario y se revocó la decisión apelada. Se admitió que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado y que la sentencia no puede ejecutarse contra la aseguradora sino en los límites de la contratación. Costas por su orden en lo referido al alcance, con costas como se indica en la parte resolutiva.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los agravios de la recurrente remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en los precedentes 'Nieto', 'Villarreal' y 'Cuello' (Fallos: 329:3054 y 3488; 331:379 y 330:3483) y en las causas O.166.XLIII. 'Obarrio, María Pía c/ Microómnibus Norte S.A. y otros' y G.327.XLIII. 'Gauna, Agustín y su acumulado c/ La Economía Comercial S.A. de Seguros Generales y otro', sentencias del 4 de marzo de 2008, cuyas consideraciones se dan por reproducidas."
¿Cómo votaron los jueces?
"Que la apelante no ha cumplido con todos los requisitos exigidos por el artículo 1° del reglamento aprobado por acordada 4/2007. Por ello, se declara mal concedido el recurso extraordinario."
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Normas que cita
- Ley 48art. 16 · Justicia nacional
- Acordada 4/2007art. 1
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