JurisprudenciaARG
Corte Suprema

SPATAFORE MARIA DEL CARMEN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema revocó parcialmente la sentencia que había reajustado el haber previsional de la actora, aplicando el criterio de movilidad fijado en el precedente Badaro con el alcance establecido en Cirillo. La decisión se fundó en que las objeciones planteadas por la ANSeS encuentran respuesta en esos precedentes, y que la extensión del criterio a períodos posteriores ya fue resuelta en Cirillo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 818. XLVII. REX
Movilidad jubilatoria Reajuste de haberes Badaro Cirillo Ley 24.463 Articulo 7 inciso 2 Anses Seguridad social Recurso extraordinario Actualizacion previsional

¿Quién es el actor?

María del Carmen Spatafore.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales (reajustes varios).

¿Qué se resolvió?

la Corte revocó parcialmente la sentencia apelada, con el alcance que surge del precedente "Cirillo". El acuerdo lo firman seis ministros sin disidencias registradas en el texto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las impugnaciones relacionadas con la inconstitucionalidad del artículo 7º, inciso 2, de la ley 24.463, y a la necesidad de ajustarse a las disposiciones legales y la inaplicabilidad de criterios jurisprudenciales para cuestionar el reajuste del haber de la actora ordenado por la alzada en concordancia con el pronunciamiento fijado por esta Corte en la causa 'Badaro' (Fallos: 329:3089 y 330:4866), hallan adecuada respuesta en el precedente citado."

"Que la objeción vinculada con la extensión del criterio de movilidad del mencionado caso 'Badaro' a períodos posteriores al examinado en dicha causa, ha sido resuelta por el Tribunal en el precedente 'Cirillo' (Fallos: 332:1304), a cuyas consideraciones corresponde remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."

Normas que cita

  • Ley 24.463art. 7 inc. 2 · Solidaridad previsional

Fallos que cita

  • BadaroCSJN · Fallos 329:3089
  • BadaroCSJN · Fallos 330:4866
  • CirilloCSJN · Fallos 332:1304

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