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Corte Suprema

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE LA BANDA c/ GASNOR SA s/EJECUCION FISCAL

La Corte Suprema hizo lugar a la queja de Gasnor S.A. en una ejecución fiscal iniciada por la Municipalidad de La Banda y declaró formalmente admisible el recurso extraordinario. Revocó la sentencia apelada y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento conforme a lo decidido.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 1048. XLV. RHE
Ejecucion fiscal Recurso extraordinario Recurso de hecho Queja Admisibilidad Revocacion de sentencia Municipalidad de la banda Gasnor s.a. Art. 280 cpccn Santiago del estero

¿Quién es el actor?

Municipalidad de la Ciudad de La Banda.

¿A quién se demanda?

Gasnor S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución fiscal.

¿Qué se resolvió?

se hace lugar a la queja, se declara formalmente admisible el recurso extraordinario y se revoca la sentencia apelada, con costas. Se devuelven los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento de acuerdo con lo decidido. La Dra. Carmen M. Argibay votó en disidencia, desestimando la queja por inadmisibilidad del recurso extraordinario (art. 280 del CPCCN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas han sido adecuadamente consideradas en el dictamen de la señora Procuradora Fiscal, a cuyos fundamentos corresponde remitirse en razón de brevedad, con exclusión de lo expresado en los últimos seis párrafos de su apartado IV." La mayoría se remite al dictamen de la Procuradora Fiscal, sin transcribir argumentos propios.

¿Cómo votaron los jueces?

"Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Por ello, se la desestima."

Normas que cita

  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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