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Corte Suprema

DE VINCENZI ANTONIO BENITO Y OTROS c/ MINISTERIO DEL INTERIOR - POLICIA FEDERAL ARGENTINA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Varios particulares, en su mayoría ex integrantes de la Policía Federal Argentina, demandaron al Estado Nacional por reclamos de haberes, beneficios previsionales y reparaciones vinculados a su situación de revista. La Corte Suprema revocó las sentencias apeladas y rechazó las demandas, remitiendo a los fundamentos de la causa Molina, Horacio y otros c/ Policía Federal Argentina.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
D. 683. XLIV. RHE
Recurso extraordinario Queja Policia federal argentina Estado nacional Haberes previsionales Ley 48 art. 16 Rechazo de demanda Costas por su orden Cuestiones analogas Molina.

¿Quién es el actor?

Diversos particulares (De Vincenzi, Arel, Kap, Mulett, Notargiovanni, Pandullo, Sanchez, Sluga, Santa Coloma, Taisma, Villanueva, Villagra), en su mayoría ex integrantes de la Policía Federal Argentina.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio del Interior - Policía Federal Argentina, y en algunos casos Poder Ejecutivo Nacional y Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Según surge de las actuaciones acumuladas, reclamos vinculados a la situación previsional y de haberes del personal de la fuerza.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró procedentes las quejas, admitió formalmente los recursos extraordinarios, revocó las sentencias apeladas y, en uso de las atribuciones del art. 16, segundo párrafo, de la ley 48, rechazó las demandas. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal sostuvo que los planteos de la recurrente suscitan cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas en la causa M.336.XLIV "Molina, Horacio y otros c/ Policía Federal Argentina" (sentencia del 6 de marzo de 2012), a cuyas consideraciones remitió "en razón de brevedad". Costas por su orden "en atención a la naturaleza de la cuestión debatida". Las quejas quedaron exentas del depósito del art. 286 CPCCN (art. 13, inc. f, ley 23.898).

Normas que cita

  • Ley 48art. 16 · Justicia nacional
  • CPCCNarts. 68, 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 23.898art. 13 inc. f · Tasas judiciales

Fallos que cita

  • Molina, Horacio y otros c/ Policía Federal ArgentinaCSJN · 06/03/2012

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