Delgado, Ariel Alberto c/ Lopez, Carlos Alberto s/despido
El actor promovió demanda por despido contra el demandado, y la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dictó un pronunciamiento contra el cual el demandado interpuso recurso extraordinario fundado en arbitrariedad. La Corte Suprema declaró la nulidad de la resolución que concedió el recurso por carecer de fundamentación suficiente y ordenó devolver los autos al tribunal de origen para que dicte una nueva decisión.
¿Quién es el actor?
Ariel Alberto Delgado.
¿A quién se demanda?
Carlos Alberto López.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
despido.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró la nulidad de la resolución que concedió el recurso extraordinario, por no estar debidamente fundada en cuanto a la existencia de arbitrariedad, y dispuso que los autos vuelvan al tribunal de origen para que dicte una nueva decisión sobre el punto. La Corte no se pronunció sobre el fondo de la cuestión ni sobre la arbitrariedad alegada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que, de ser seguida la orientación opuesta, el Tribunal debería admitir que su jurisdicción extraordinaria se viese, en principio, habilitada o denegada sin razones que avalen uno u otro resultado, lo cual irroga un claro perjuicio al derecho de defensa de los litigantes y al adecuado servicio de justicia de la Corte (Fallos: 323:1247; 325:2319)."
"Que los términos sumamente genéricos del auto de concesión evidencian que el superior tribunal no analizó circunstanciadamente (con toda menudencia, sin omitir ninguna circunstancia o particularidad, según la definición de la Real Academia) la apelación federal para poder efectuar la valoración a que obliga la doctrina citada precedentemente (Fallos: 323:1247; 325:2319)."
"Que, en tales condiciones, la concesión del remedio federal no aparece debidamente fundada, por lo que debe ser declarada su nulidad al no dar satisfacción a los requisitos idóneos para la obtención de la finalidad a la que se hallaba destinada."
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Fallos que cita
- Fallos 323:1247CSJN
- Fallos 325:2319CSJN
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