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Corte Suprema

OBREGON FRANCISCO VICTOR c/ LIBERTY ART Y OTRO s/DEMANDA

Francisco Víctor Obregón reclamó indemnizaciones por enfermedades profesionales previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo, y la demanda fue rechazada por falta de acción al no haber agotado la instancia ante la Comisión Médica Central. La Corte Suprema hizo lugar a la queja y al recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba por motivación aparente y por desconocer la doctrina de Castillo, y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
O. 223. XLIV. RHE
Ley de riesgos del trabajo Enfermedades profesionales Falta de accion Agotamiento de la via administrativa Comision medica central Arbitrariedad Motivacion aparente Doctrina de castillo Competencia provincial Recurso extraordinario.

¿Quién es el actor?

Francisco Víctor Obregón.

¿A quién se demanda?

Liberty ART (Aseguradora de Riesgos del Trabajo).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnizaciones por enfermedades incluidas en el art. 6° de la Ley de Riesgos del Trabajo (24.557), rechazadas previamente en sede administrativa.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema hizo lugar a la queja y al recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento conforme al fallo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...la falta de impugnación a la que se atuvo el a quo, por referir a fundamentos atinentes a otros reclamos, no guarda relación alguna con el planteo llevado ante sus estrados, vale decir, las indemnizaciones arriba indicadas. Esta circunstancia, por cierto, torna descalificable el pronunciamiento atacado con arreglo a conocida doctrina de esta Corte en materia de arbitrariedad."

"...la solución del litigio en los términos indicados importó, asimismo, una inequívoca desatención de la doctrina constitucional afirmada por esta Corte en 'Castillo, Ángel Santos c/ Cerámica Alberdi S.A.' (Fallos: 327:3610 - 2004)."

"...la habilitación de los estrados provinciales a que su aplicación dé lugar no puede quedar condicionada o supeditada al previo cumplimiento de una vía administrativa ante 'organismos de orden federal', como lo son las comisiones médicas previstas en los arts. 21 y 22 de la LRT."

Normas que cita

  • Ley 24.557arts. 6, 21, 22, 46 · Ley de riesgos del trabajo

Fallos que cita

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