García, Edgardo Rubén c/ Larronde, Eduardo Rodolfo s/daños y perjuicios
Un deudor en dólares de un contrato de mutuo reclamó su pago en la moneda de origen tras la pesificación dispuesta por el decreto 214/2002. La Corte Suprema, por mayoría, revocó la sentencia que había excluido la aplicación de la pesificación, y dispuso el pago en pesos con el ajuste previsto por el esfuerzo compartido.
¿Quién es el actor?
Edgardo Rubén García.
¿A quién se demanda?
Eduardo Rodolfo Larronde.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
cobro de una deuda de U$S 20.000 en moneda extranjera, en el marco de un juicio por daños y perjuicios promovido por el actor.
¿Qué se resolvió?
por mayoría, la Corte declaró procedente la queja y formalmente admisible el recurso extraordinario, revocó el fallo que ordenaba pagar en moneda de origen y condenó al demandado a pagar la suma equivalente en pesos (a razón de 1 peso por dólar), más el 50% de la brecha cambiaria, o el resultado del CER si fuera superior, con una tasa de interés del 7,5% anual no capitalizable desde la mora hasta el pago. Las costas se impusieron en el orden causado. El Dr. Lorenzetti, en disidencia, desestimó la presentación directa por inadmisibilidad del recurso extraordinario (art. 280 CPCCN).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"los agravios atinentes a la falta de legitimación pasiva y a la obligación de restituir las sumas de dinero recibidas por el demandado, remiten al examen de cuestiones de hecho, prueba y de derecho común, materia propia del tribunal de la causa y ajena —como regla y por su naturaleza— al remedio del art. 14 de la ley 48". Por el contrario, "las cuestiones planteadas en el presente juicio vinculadas con las normas de pesificación —que conforme con lo dispuesto por el art. 1° del decreto 214/2002, se aplican a todas las obligaciones de dar sumas de dinero, de cualquier causa u origen, judiciales o extrajudiciales, expresadas en dólares estadounidenses, u otras monedas extranjeras, existentes a la sanción de la ley 25.561— resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en la causa 'Longobardi' (Fallos: 330:5345, votos concurrentes), cuyos fundamentos corresponde dar por reproducidos por razón de brevedad".
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Normas que cita
- Ley 48arts. 14, 16 · Justicia nacional
- Decreto 214art. 1°
- Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- LongobardiCSJN · Fallos 330:5345
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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